RESOLUCIÓN 3256 DE 2018- PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN TRICICLOS O TRICIMÓVILES NO MOTORIZADOS Y TRICIMÓVILES CON PEDALEO ASISTIDO

RESOLUCIÓN 3256 DE 2018- PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN TRICICLOS O TRICIMÓVILES NO MOTORIZADOS Y TRICIMÓVILES CON PEDALEO ASISTIDO

RESOLUCIÓN 3256 DE 2018

RESOLUCIÓN 3256 DE 2018

«Por la cual se reglamenta y autoriza la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en triciclos o tricimóviles no motorizados y tricimóviles con pedaleo asistido, para su prestación de forma eficiente, segura, y oportuna, aprovechando el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones, y se dictan otras disposiciones»

Por la cual se legaliza el servicio de transporte en vehículos tricimóviles no motorizados o con pedaleo asistido eléctrico, esta medida se toma en primer lugar por la necesidad de preservar tanto el interés público como el derecho a la actividad económica que han venido desarrollando personas naturales o jurídicas con la prestación del servicio; en segundo lugar para prestar un servicio eficiente, oportuno y seguro por medio del uso de una plataforma tecnológica y la inclusión de éste servicio al sistema integrado de transporte, por consiguiente; las autoridades de transporte y territoriales competentes deben suministrar el tiempo necesario para el cumplimiento de ésta reglamentación.

Es necesario saber que las disposiciones establecidas en la presente resolución son aplicables a las personas naturales o jurídicas, legalmente constituidas de acuerdo con las disposiciones Colombianas, interesadas en prestar el servicio público de transporte de pasajeros en triciclos o tricimóviles no motorizados y tricimóviles con pedaleo asistido, así como a las autoridades de transporte competentes en la respectiva jurisdicción y a los usuarios del servicio público.

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Las personas naturales o jurídicas para poder implementar o seguir prestando el servicio público de transporte de pasajeros en triciclos o tricimóviles no motorizados y tricimóviles con pedaleo asistido deben dar cumplimiento a los siguientes requisitos:

Persona natural o juridica
Estudio de estructuración técnica, legal  financiera.
Solicitar y obtener habilitación
Permiso de operación o contrato de concesión por el radio de acción.
Tarjte de operación: Por la solicitud de la persona natural o juridica habilitada
Seguro contra riesgos
Programa de revisión y mantenimientos preventivos de los equipos de transporte (tricimoviles)
Programa de capacitación para conductores

Descubre ¿Por qué es importante planear adecuadamente la matriz legal?

Se establece un tiempo máximo de un (1) año contado desde la fecha de publicación de la presente reglamentación para que las autoridades de transporte competentes adelanten el estudio de estructuración técnica, legal y financiera.

Para tener en cuenta, las autoridades competentes para autorizar la prestación del servicio público de transporte de pasajeros de triciclos o tricimóviles no motorizados y tricimóviles con pedaleo asistido.

Lee: 3 factores claves de la matriz de requisitos legales, importancia, evolución y exigencias.

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