RESOLUCIÓN 5018 DEL 20 DE NOVIEMBRE 2019
(Noviembre 20)
Se establecen lineamientos en seguridad y salud en el trabajo para los procesos de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica.
La presente norma tiene por objeto expedir los lineamientos en Seguridad y Salud en el Trabajo para los procesos de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica.
¿A QUIÉN APLICA?
A las empresas que presten o hagan uso del sistema eléctrico Colombiano en los procesos de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica:

DEBERES DE LA EMPRESA
- Establecer y aplicar medidas para la prevención de accidentes en los circuitos, líneas, redes, y elementos de maniobra.
- En plantas de emergencia deben elaborar procedimientos de mantenimiento, pruebas y ensayos.
- En instalaciones y áreas restringidas deben establecer procedimientos que regulen el comportamiento de los trabajadores, así como de las personas advertidas, dentro de sus instalaciones.
- Actualizar su matriz de vulnerabilidad cada año como mínimo
- Mantener actualizado los planes de emergencia definidos asegurando su difusión e implementación.
- Suministrar oportunamente a sus trabajadores y de conformidad a la labor elementos y equipos de seguridad. Entre otros …. Para ver más por favor consultar la norma.
¡TEN EN CUENTA!
Las empresas deben mantener actualizado los planes de emergencia definidos asegurando su difusión e implementación, incluyendo a todos los trabajadores propios, en misión, contratistas, visitantes y todo el personal involucrado en el sector eléctrico.
¿QUÉ PLAZO TENGO?
Se establece un período máximo de doce (12) meses contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución (Dada en Bogotá, D. C., a 20 de noviembre de 2019. El ministro del Trabajo).
SANCIONES
El incumplimiento a lo establecido en la presente resolución y demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan, será sancionado en los términos previstos de la siguiente normatividad:
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