RESOLUCIÓN 2492 DE 2022-MODIFICACIONES A LOS REQUISITOS DE ETIQUETADO NUTRICIONAL Y FRONTAL DE ALIMENTOS ENVASADOS

Fecha de Entrada en Vigencia: 14/12/2022

RESOLUCIÓN 2492 DE 2022

Con la resolución 2492 de 2022 se modifican varios artículos de la resolución 810 de 2021 en la que se establece el reglamento técnico de etiquetado nutricional y frontal para alimentos envasados y empacados para consumo humano, y se definió la forma, color, tamaño, los valores máximos, ubicación, leyenda, proporciones y dimensiones que debe contener el etiquetado frontal de advertencia, para los alimentos envasados o empacados para consumo humano.

Con esta resolución, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamenta el etiquetado frontal, con la implementación del sello octogonal con fondo negro donde se advierte sobre el exceso de grasas trans y saturadas, calorías y azúcares, de tal manera que tenga impacto positivo en la alimentación de ciudadanos, niños y niñas accediendo a una alimentación saludable.

RESOLUCIÓN 2492 DE 2022

Veamos a continuación aspectos importantes que incluye esta norma:

1. ¿A quiénes aplica?

Con esta resolución, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamenta el etiquetado frontal, con la implementación del sello octogonal con fondo negro, donde se advierte sobre el exceso de grasas trans y saturadas, calorías y azúcares, de tal manera que tenga impacto positivo en la alimentación de ciudadanos, niños y niñas y acceder a una alimentación saludable.

Veamos la Resolución 810 de 2021, desde la que parte la normatividad en el siguiente link:

definiciones RESOLUCIÓN 2492 DE 2022

2 ¿Qué deben tener en cuenta los fabricantes?

Los fabricantes deben tener en cuenta, además:

3 ¿Cuáles son las nuevas modificaciones en el sello de advertencia?

En esta resolución se reglamenta el sello frontal de advertencia cambiando el antes establecido de forma circular a uno octagonal de color negro y borde blanco con fondo negro, las letras del texto de los sellos deben ser mayúsculas y de color blanco, tipo de letra ARIAL BOLD, además en el mismo símbolo debe inscribirse en letras blancas la palabra «MINSALUD». como se puede observar en la siguiente imagen:

No se puede utilizar la forma del etiquetado frontal de advertencia para incluir sellos con un texto diferente que haga alusión a otros nutrientes o cualquier componente de los productos envasados diferente.

  1. Ubicación del sello de advertencia: se ubicará en el tercio superior derecho de la cara frontal (o cara principal de exhibición) de la etiqueta de los productos.
  2. Proporciones del sello de advertencia: Todos los elementos deben estar centrados sobre el eje del cuadro negro, a continuación se presentan las proporciones, la letra «x» corresponde a la unidad de proporción sobre la que se construye el ícono del sello.

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¿Qué plazo hay para su implementación?

La implementación de los requisitos técnicos de etiquetado nutricional y frontal se realizará de acuerdo a los siguientes criterios:

Vigencia

Enlaces de interés

Descarga la resolución 2492 de 2022 Aquí.

Comunicado del Ministerio de Salud y Protección Social.

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