CIRCULAR 0120 DE 2025 I DESPIDO DE TRABAJADORES CON ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA

Redactor:

Gloria Gómez

2025-12-04 06:00

CIRCULAR 0120 DE 2025 I DESPIDO DE TRABAJADORES CON ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA

CIRCULAR 0120 DE 2025 I DESPIDO DE TRABAJADORES CON ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA

Fecha de entrada en Vigencia:

CIRCULAR 0120 DE 2025

La Circular Interna 0120 de 2025 del Ministerio de Trabajo introduce cambios trascendentales en el trámite de autorización de despido para trabajadores, contratistas o servidores públicos que gozan de estabilidad laboral u ocupacional reforzada por discapacidad o condiciones de salud, a continuación te contaremos aspectos clave de esta norma y como impacta a tu organización.

CIRCULAR 0120 DE 2025

🔍 ¿Qué establece la Circular 0120 del 2025?

La Circular aclara que la estabilidad laboral reforzada no aplica solo a personas con una discapacidad calificada. También protege a quienes:

  • Están en situación de debilidad manifiesta,
  • Presentan enfermedades graves o catastróficas,
  • Sufren limitaciones que dificultan sustancialmente su desempeño,
  • O requieren medidas de protección especial por parte del Estado.

Además, la Circular recuerda que un contrato a término fijo, por obra o prestación de servicios NO puede darse por terminado únicamente por la expiración del plazo, si la persona se encuentra en condición de vulnerabilidad.

🛑 Impacto para las empresas: nueva carga probatoria

La Circular modifica el rol del Inspector de Trabajo, quien ahora ejerce un control previo, preventivo y obligatorio para autorizar la terminación del vínculo laboral.

El objetivo no es definir si existe estabilidad reforzada, sino verificar:

  • La legalidad de la terminación,
  • El respeto al debido proceso,
  • La ausencia de discriminación,
  • Y la rigurosidad del empleador al justificar su decisión.

1. Agotamiento de todas las alternativas de inclusión

El empleador debe demostrar documentalmente que intentó:

  • Aplicar ajustes razonables,
  • Evaluar la reubicación laboral,
  • Realizar modificaciones temporales de funciones,
  • Facilitar procesos de rehabilitación o apoyo.

Solo si estas acciones resultan inviables, el despido puede considerarse una opción.

2. Estándares probatorios en caso de justa causa

Si la terminación se fundamenta en una justa causa disciplinaria, el empleador debe acreditar:

  • Citación formal al proceso,
  • Traslado y práctica de pruebas,
  • Oportunidad real para descargos,
  • Análisis objetivo del material probatorio,
  • Decisión motivada conforme a derecho.

Esto significa que no basta con mencionar la causal: debe existir un procedimiento disciplinario completo y verificable.

3. Desempeño afectado por la condición de salud

Cuando la causa del despido es el deterioro de la capacidad laboral, se exige:

  • Dictámenes médicos actualizados,
  • Evidencia de gestiones de rehabilitación,
  • Pruebas de intentos de reubicación o ajuste de funciones.

¿Qué evaluará el Ministerio?

CIRCULAR 0120 DE 2025

🕒 Plazos y alcance administrativo de la Circular 0120

Se establece un plazo máximo de tres (3) meses para que el Ministerio de Trabajo resuelva cualquier solicitud de autorización de despido, siempre que el expediente esté completo.

Conoce sentencias de la corte sobre el tema en nuestro artículo: Derecho a la estabilidad ocupacional reforzada de personas en situación de debilidad manifiesta por razones de salud.

⚠️ Consecuencias de incumplir la Circular 0120

Si el empleador despide sin autorización previa del Ministerio o sin orden de un juez, se expone a:

  • Reintegro inmediato o renovación del contrato,
  • Pago de salarios y prestaciones caídos,
  • Indemnización de 180 días en ciertos casos,
  • Declaración de ineficacia del despido si se demuestra discriminación.

Asimismo, el Ministerio negará la autorización si:

  • Las pruebas son insuficientes,
  • Existen alternativas de inclusión,
  • Los motivos son vagos o poco sustentado.

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