NUEVO DECRETO 0223 DE 2026 ¿QUÉ CAMBIA EN LOS CONTRATOS DE APRENDIZAJE?

Redactor:

Gloria Esther Gómez

2026-03-10T10:00

NUEVO DECRETO 0223 DE 2026 ¿QUÉ CAMBIA EN LOS CONTRATOS DE APRENDIZAJE?

NUEVO DECRETO 0223 DE 2026 ¿QUÉ CAMBIA EN LOS CONTRATOS DE APRENDIZAJE?

Entrada en vigencia: Marzo 2026

DECRETO 0223 DE 2026

Si gestionas el talento humano, diriges una empresa en Colombia o estás a cargo de la seguridad y salud en el trabajo, seguramente ya escuchaste los rumores. Y sí, son totalmente ciertos: el 5 de marzo salió a la luz el Decreto 0223 de 2026.
Esta nueva normativa llegó para cambiar y organizar por completo las reglas del juego en la contratación de practicantes y aprendices en el país.

¿Por qué es tan importante este decreto?

Antes de esta norma, las reglas sobre las prácticas laborales estaban muy dispersas, lo que generaba un mar de confusiones para los empleadores, el gran objetivo del Decreto 0223 es unificar las normativas y establecer un marco claro para todos los involucrados: estudiantes, empresas e instituciones educativas.
A través de esta norma, se crea un «triángulo de colaboración» donde cada parte tiene responsabilidades muy específicas, en el fondo, el espíritu de la ley busca garantizar que los jóvenes den sus primeros pasos en el mundo laboral en condiciones verdaderamente dignas, justas y seguras.

Puntos claves de la norma

Aquí te resumo los cambios más críticos:

  • Fin de la confusión entre modalidades: El decreto marca una línea divisoria clarísima. Por un lado, tenemos la vinculación formativa (práctica laboral tradicional), que es un requisito netamente académico y no constituye una relación de trabajo, por otro lado, está el contrato de aprendizaje, que sí es una relación laboral especial con un objetivo de formación y reglas de remuneración estrictas.
  • Apoyo de sostenimiento: En los contratos de aprendizaje, el tema económico es muy específico. Si el aprendiz es un estudiante universitario, o si cualquier estudiante se encuentra en su fase práctica, tu empresa debe pagarle como mínimo el 100% de un salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV), en la vinculación formativa o práctica académica, el auxilio económico no es obligatorio y se puede acordar entre las partes sin que constituya salario.
  • Afiliación a la ARL innegociable: No importa si el estudiante está bajo vinculación formativa o contrato de aprendizaje; la afiliación y cotización al Sistema General de Riesgos Laborales (ARL) es 100% obligatoria y no tiene excepciones.
  • Cero tolerancia al acoso: La norma es tajante. Todas las empresas que reciban practicantes deben expedir, socializar e implementar protocolos de prevención, detección, atención y sanción del acoso sexual.
  • Supervisión y acompañamiento: Ya no vale dejar al practicante a su suerte. Tu empresa debe designar oficialmente a un tutor (un trabajador con experiencia que lo guíe), mientras que la universidad o instituto pondrá un monitor para velar por lo académico
  • Menores de edad: Si vas a recibir adolescentes (entre 15 y 17 años), necesitarás una autorización previa del Inspector de Trabajo.
  • Jornadas de trabajo limitadas: máximo 6 horas diarias (30 a la semana) si tienen entre 15 y menos de 17 años, y hasta 8 horas si tienen 17 años.

Lee: circular 0083 de 2025: guía práctica de la sobre contratos de aprendizaje

¿Qué debes hacer como empresa desde ya?

Adaptarse rápido es la clave para no frenar tu operación. Aquí tienes tu lista de tareas:

  • Actualiza tu Matriz de Requisitos Legales: Este es el paso número uno. Incluye el Decreto 0223 de 2026 en tu matriz legal corporativa para asegurar el cumplimiento en tus próximas auditorías. Si cuentas con un aliado como Atcal, este es el momento perfecto para revisar la actualización juntos.
  • Revisa tus contratos actuales: Verifica qué estudiantes tienes bajo vinculación formativa y cuáles bajo contrato de aprendizaje para ajustar sus pagos y condiciones.
  • Nombra y capacita tutores: Asigna oficialmente a los trabajadores que supervisarán a los practicantes.
  • Implementa el protocolo contra el acoso: Si no lo tienes, créalo y difúndelo inmediatamente.

Sanciones por no cumplir

Ignorar este decreto te puede salir muy caro. Si tu empresa está obligada a cumplir con la cuota de aprendices y decides no contratarlos ni pagar su monetización a tiempo, te expones a sanciones severas. Por cada aprendiz incumplido, deberás pagar una suma equivalente a 1.6 salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada mes (o fracción) de retraso.

A esto súmale intereses moratorios diarios a la tasa máxima legal y multas adicionales por el incumplimiento. Además, si decides terminar un contrato de aprendizaje de forma unilateral y sin una justa causa comprobada, tendrás que asumir las costosas indemnizaciones que dicta el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.

¡Cumple con el Decreto 0223 sin complicaciones!

No permitas que la dispersión normativa afecte tu operación. En ATCAL te ayudamos a implementar este nuevo marco legal con:

Matrices Legales Actualizadas: Integramos el Decreto 0223 a tu matriz para asegurar el cumplimiento de horarios, pagos y seguridad social.

Acompañamiento Técnico: Te guiamos en la gestión de riesgos laborales y protocolos contra el acoso en escenarios de práctica.

Membresía Integral: Accede a una plataforma exclusiva con formatos, guías y herramientas diseñadas para cumplir con cada requisito de la norma de forma sencilla de la mano de nuestro agente de inteligencia artificial ATCALITO IA.

Contáctanos: https://wa.link/a8v8vb

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