PENSIÓN POR INVALIDEZ I PROYECTO DE LEY 293-2023 VS LEY 100 DE 1993-PARTE 1

PENSIÓN POR INVALIDEZ I PROYECTO DE LEY 293-2023 VS LEY 100 DE 1993-PARTE 1

PENSIÓN POR INVALIDEZ I PROYECTO DE LEY 293 – 2023 VS LEY 100 DE 1993

PROYECTO DE LEY 293 - 2023

Aunque, el Proyecto de Ley 293 de 2023, también conocido como Reforma Pensional y Laboral, no introduce cambios específicos en los requisitos para acceder a la pensión por invalidez, si establece un nuevo sistema de protección social integral que abarca la vejez, la invalidez y la muerte de origen común. Este nuevo sistema, que aún se encuentra en debate en el Senado de la República, podría tener un impacto indirecto en las pensiones por invalidez en el futuro.
A continuación, te mostraremos los aspectos en que esta reforma podría impactar en el campo de la pensión por invalidez comparado con lo establecido en la ley 100 de 1993, Veamos:

Pilares en los que se basa la reforma

El modelo propuesto por el gobierno nacional abarca 4 pilares fundamentales:

Lo que hay VS lo que se propone en la reforma

AspectoLey 100 de 1993Proyecto de ley 293 de 2023
Administración de las pensiones por invalidezEl sistema general de pensiones en Colombia regulado por la Ley 100 de 1993 está formado por 2 Regímenes pensionales.
Régimen Prima Media (RPM antes Cajanal, ISS y actualmente Colpensiones) 
 con Prestación Definida “Fondo Público”.
Régimen Ahorro Individual con Solidaridad Rais, (Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia).  administrado por “Fondos Privados”.
Actualmente los afiliados cotizantes tienen libertad de elección con el que desean jubilarse.
Propone un Sistema Pensional Unificado donde “Colpensiones” Asumiría la Administración de las Pensiones incluida la de invalidez y sobrevivientes.
Es decir, el 16 % que el afiliado cotiza a pensión independientemente al régimen que corresponda ahora lo administrara Colpensiones a partir de 2,3 salarios mínimos, el restante cotizado se ira a los Fondos Privados, perdiendo el derecho de elección.
 
Semanas Cotización y EdadPara pensionarse en el RPM deben cumplir con las siguientes edades: Mujeres 57 años, Hombres 62, semanas requeridas: 1300 hasta el año 2025- ya que con la sentencia C-197 de 2023 corte constitucional ordeno reducción de semanas de cotización para las mujeres así: RPM mujeres 1000 semanas
Con el “Fondos Privados”. Las mujeres pueden jubilarse con 1150 semanas.
3 grupos:
Los que cotizaron y cumplen con el tiempo y semanas.
– Los que cotizaron, pero nos les alcanzo las semanas de cotización. mayores de 65 años que cuenten con un mínimo de 150 semanas y máximo de 1000
Los que nunca cotizaron pensión y cumplen requisito de vulnerabilidad:
 
La Ley 293-2023 estructura Pilares: Solidario, Semicontributivo, Contributivo, Componente de prima media, Componente Complementario Ahorro Voluntario.
 
Modalidad de Pensión
Regímenes pensionales en Colombia
El aseguramiento en pensiones es un derecho irrenunciable consagrado en la Constitución Política –CP– como garantía social (artículo 48 de la CP),
 
Los cotizantes que cumplen con las semanas cotizadas: los aportes que hagan por ingresos de hasta 2,3 salarios mínimos, más o menos $2´900.000, irán a Colpensiones, y el resto se dirigirá al fondo privado que elijan.
 
Ejemplo: si el afiliado tiene como salario de $5´000.000
Los $2´900.000 de cotización van a Colpensiones y los $2.100.000 de cotización irán al el












 
2- Los que cotizaron, pero no alcanzaron las semanas para la pensión: Los regirá el Pilar Semicontributivo, es una renta vitalicia que tienes semanas cotizadas en Colpensiones o AFP, mayores de 65 años que cuenten con un mínimo de 150 semanas y máximo de 1000
 
3- Los que nunca cotizaron pensión y cumplen requisito de vulnerabilidad:
Los regiría el Pilar Solidario: Otorgaría una renta equivalente a $223.800 mensuales para mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más en condición de pobreza extrema, pobreza.
 
Los recursos vendrán y estarán limitados en el Presupuesto General de la Nación, pero también se hará con los aportes de los empleadores y los trabajadores.
Pérdida de la capacidad laboralSe considera inválida la persona que por cualquier causa de origen no profesional hubiere perdido el 50 % o más de su capacidad laboral..La evaluación de la invalidez podría considerar no solo la condición médica del individuo, sino también su capacidad para realizar otras actividades laborales o reintegrarse al mercado laboral.

De lo anterior podemos concluir….

Es posible que el proyecto de ley haya sido modificado o rechazado durante el proceso legislativo.

Para obtener información definitiva sobre la Ley 293 de 2023 y su impacto en las pensiones de invalidez, se recomienda consultar fuentes oficiales.

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