RESOLUCIÓN 20253040030215 DE 2025: SE SUSPENDE LA NUEVA NORMA DE FRENADO ¿QUÉ DEBE HACER SU EMPRESA AHORA?
Fecha de Entrada en Vigencia: 17/09/2025

Las empresas que fabrican, importan o comercializan sistemas de frenos, repuestos, remolques o semirremolques tienen un cambio importante en el panorama normativo. El Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20253040030215 del 1 de agosto de 2025, con la que suspende la entrada en vigencia del Título III de la Resolución 20223040044585 de 2022, que estaba programado para comenzar a regir el 3 de agosto de 2025.
Esto ha traído alivio para algunos y preocupación para otros. En ATCAL entendemos la incertidumbre del sector, por eso explicamos en lenguaje sencillo qué se suspendió, qué sigue vigente, qué deben hacer las empresas y qué riesgos existen si no cumplen.
🎯 ¿Qué fue lo que se suspendió y por qué?
El Ministerio decidió congelar temporalmente el Título III de la Resolución 20223040044585/2022, que incluía las nuevas disposiciones técnicas para componentes de frenado, como:
- Forros de freno
- Discos
- Tambores
- Líquidos
- Cilindros
- Elementos para remolques y semirremolques
La razón principal fue una alerta de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC):
El nuevo modelo resultaba demasiado complejo de controlar porque muchos procesos podían basarse únicamente en la Declaración de Conformidad del Proveedor, volviendo casi imposible la verificación previa de conformidad –especialmente en un mercado con un gran volumen de repuestos.
En pocas palabras:
La norma no se derogó, solo se aplazó porque aún no está garantizado el control adecuado.
✔ Lo que NO entra en vigencia
El Título III de la Resolución 20223040044585/2022 queda suspendido temporalmente, por tanto, las nuevas exigencias para componentes técnicos NO aplican por ahora.
No hay obligación inmediata de ajustarse a esos nuevos requisitos.
🔧 Lo que SÍ sigue vigente (y es obligatorio)
Mientras dure la suspensión:
Se mantiene plenamente vigente la Resolución 4983 de 2011 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Esta norma sigue regulando los requisitos técnicos mínimos para:
- Forros de freno
- Discos y tambores
- Cilindros
- Líquidos de freno
- Repuestos complementarios
Esto significa que, aunque la norma nueva no entra en vigencia, el cumplimiento técnico NO se detiene.
⏱ ¿Qué viene a futuro?
La suspensión no es indefinida, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) tiene 12 meses para realizar un Análisis de Impacto Normativo, con el objetivo de:
- Revisar los requisitos técnicos actuales
- Identificar vacíos regulatorios
- Proponer una norma definitiva enfocada en repuestos
- Es probable que llegue un nuevo marco más claro, más práctico y más controlable.
Lee: RESOLUCIÓN 20223040044585 DE 2022- REGLAMENTO TÉCNICO PARA SISTEMAS DE FRENADO Y SUS COMPONENTES
🧰 ¿Qué debe hacer su empresa ahora?
Este no es el momento de relajarse. Esto es lo que las empresas deben hacer de inmediato:
1️⃣ Cumplir estrictamente con la Resolución 4983 de 2011
- Todo producto que se fabrique, importe o comercialice debe cumplir plenamente con los requisitos técnicos vigentes.
- La empresa debe garantizar el cumplimiento desde el diseño hasta el mercado.
2️⃣ Mantener documentación técnica impecable
Aunque el control previo sea difícil, la SIC puede realizar controles posteriores, además puede solicitar documentos, certificados, ensayos y trazabilidad en cualquier momento.
Por eso es clave tener:
- Certificados de conformidad
- Protocolos de pruebas
- Declaraciones de proveedores
- Trazabilidad de fabricación e importación
3️⃣ Actualizar el sistema de gestión interno
Recomendaciones:
- Incluir controles técnicos en el SG-SST o sistema de calidad
- Registrar la conformidad de cada lote o producto
- Monitorear proveedores críticos
4️⃣ Buscar asesoría experta
Las normas de seguridad de componentes son altamente técnicas, por ello contar con apoyo especializado reduce:
- Riesgos sancionatorios
- Pérdidas por retiros de producto
- Demandas
- Impactos reputacionales
⚠️ Riesgos y sanciones por incumplimiento
La suspensión NO significa reducción del riesgo regulatorio, de hecho, ahora las empresas pueden enfrentar:
✔ Control posterior de la SIC: La entidad puede verificar el producto en el mercado y exigir soportes.
✔ Sanciones administrativas: El incumplimiento de los reglamentos técnicos vigentes puede generar:
- Multas
- Suspensión comercial
- Decomiso de producto
✔ Riesgos de seguridad y reputación
Un componente de freno no conforme puede:
- Provocar accidentes
- Generar demandas multimillonarias
- Destruir la confianza del mercado
- No cumplir es mucho más costoso que cumplir.
🚀 ATCAL: Convirtiendo complejidad normativa en ventaja competitiva
En ATCAL ayudamos a las empresas del sector automotriz y de transporte a:
- Cumplir reglamentos técnicos sin dolores de cabeza.
- Mantener documentación sólida y trazable.
- Prepararse para auditorías.
- Aprovechar la normativa para mejorar procesos.
📣 Todo con la inteligencia Artificial de ATCALITO , no espere al nuevo cambio normativo, ,la norma futura llegará, y quien se prepare desde ya tendrá ventaja.






