SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

1.CONCEPTO

Consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.

2.PROPÓSITO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

  • Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles.
  • Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST en la empresa.
  • Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.

3.COMPONENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Dirección, vigilancia y control: Vela por el cumplimiento de los derechos a la afiliación o vinculación de la población a un plan de beneficios de salud.

Administración y financiación: Para el financiamiento y administración del sistema, es necesario velar por la eficiencia, eficacia y efectividad en la generación, flujo, administración y aplicación de los recursos del sector.

Instituciones prestadoras de servicios de salud: Encargadas de la prestación de los servicio de salud a los afiliados de Sistema General de Seguridad y Salud en el trabajo dentro de las entidades promotoras de salud o fuera de ellas.

Beneficiarios: Son todas las personas que quedan cubiertas por la cotización realizada por el miembro de la familia con capacidad de pago. Dentro de ella incluye familiares o acompañantes que cumplan ciertas condiciones.

Comités de participación comunitaria en salud: Intervención de la comunidad a través de las personas usuarias del sistema de seguridad social, en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto.

4.ORGANIGRAMA

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5.ORGANISMO DIRECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL

  • Ministerio de Salud y Protección Social – MinSalud

Quién es: Ente regulador que determina normas y directrices en materia de temas de salud pública, asistencia social, población en riesgo y pobreza.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Formular la política, dirigir, orientar, adoptar y evaluar los planes, programas y proyectos del sector Administrativo de Salud y Protección Social, del Gobierno Nacional en materia de salud pública, riesgos profesionales y de control de riesgos provenientes de enfermedades comunes, ambientales, sanitarias y psicosociales.
  2. Dirigir y orientar el sistema de vigilancia en salud pública.
  3. Formular, adoptar y coordinar las acciones del Gobierno Nacional en materia de salud en situaciones de emergencias o desastres naturales.
  4. Promover e impartir directrices encaminadas a fortalecer la investigación, indagación, consecución, difusión y aplicación.
  5. Establecer los mecanismos para adelantar negociaciones de precios de medicamentos, insumos y dispositivos médicos.
  6. Formular la política de salud relacionada con el aseguramiento en riesgos profesionales y coordinar con el Ministerio de Trabajo su aplicación.
  7. Formular y evaluar la política para la definición de los sistemas de afiliación, garantía de la prestación de los servicios de salud y sistemas de información en Riesgos Profesionales.
  8. Preparar las normas, regulaciones, reglamentos de salud y promoción social en salud, aseguramiento en salud y riesgos profesionales, en el marco de sus competencias.
  • Ministerio del Trabajo

Quién es: Como cabeza del sector administrativo del trabajo su principal objetivo es la formulación y adopción de las políticas, planes generales, proyectos y programas en materia de trabajo a nivel nacional.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Formular, dirigir, coordinar y evaluar la política social en materia de trabajo, empleo y pensiones y otras prestaciones.
  2. Fijar las directrices para realizar la vigilancia y control de las acciones de prevención de riegos profesionales en la aplicación de los programas permanentes de salud ocupacional.
  3. Formular las políticas y estrategias orientadas a facilitar la divulgación del conocimiento de los derechos de las personas en materia de empleo, trabajo docente, salud y seguridad en el trabajo, y su reconocimiento por los entes competentes.
  4. Proponer, desarrollar y divulgar, en el marco de sus competencias, estudios técnicos de investigación para facilitar la formulación y evaluación de políticas, planes y programas en materia de empleo, trabajo, seguridad y salud en el trabajo.
  • Ministerio de Protección Social

Quién es: Es un ente regulador que determina normas y directrices en materia de temas de salud pública, asistencia social, población en riesgo y pobreza.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Formular y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en materia de protección de los usuarios, de promoción y prevención, de aseguramiento en salud y riesgos profesionales, de prestación de servicios y atención primaria, de financiamiento y de sistemas de información, así como los demás componentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  2. Formular la política de salud relacionada con el aseguramiento en riesgos profesionales y coordinar con el Ministerio de Trabajo su aplicación.
  3. Formular y evaluar la política para la definición de los sistemas de afiliación, garantía de la prestación de los servicios de salud y sistemas de información en Riesgos Profesionales.
  4. Preparar las normas, regulaciones y reglamentos de salud y promoción social en salud, aseguramiento en salud y riesgos profesionales, en el marco de sus competencias.

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  • Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud – CNSSS

Quién es: Es un órgano permanente de dirección del sistema general de seguridad social en salud y de concertación entre los diversos agentes del mismo. Tiene como objeto la adopción de medidas que permitan dirigir y orientar el sistema, dentro de los límites que le impone el cabal ejercicio de sus funciones.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Definir el plan obligatorio de salud para los afiliados según las normas de los regímenes contributivo y subsidiado, de acuerdo con los criterios estipulados.
  2. Definir el monto de la cotización de los afiliados del sistema, dentro de los límites previstos.
  3. Definir el valor de la unidad de pago por capitación.
  4. Definir el valor por beneficiario del régimen de subsidios en salud.
  5. Definir los medicamentos esenciales y genéricos que harán parte del plan obligatorio de salud.
  6. Definir los criterios generales de selección de los beneficiarios del régimen subsidiado de salud por parte de las entidades territoriales, dando la debida prioridad a los grupos pobres y vulnerables y de conformidad con lo dispuesto en la Ley.
  7. Definir el régimen de pagos compartidos.
  8. Definir el régimen que deberán aplicar las entidades promotoras de salud para el reconocimiento y pago de las incapacidades originadas en enfermedad general y de las licencias de maternidad a los afiliados según las normas del régimen contributivo.
  9. Definir las medidas necesarias para evitar la selección adversa de usuarios por parte de las entidades promotoras de salud y una distribución inequitativa de los costos de la atención de los distintos tipos de riesgo.
  10. Recomendar el régimen y los criterios que debe adoptar el Gobierno Nacional para establecer las tarifas de los servicios prestados por las entidades hospitalarias en los casos de riesgo catastrófico, accidentes de tránsito y atención inicial de urgencias.
  11. Reglamentar los consejos territoriales de seguridad social en salud.
  12. Ejercer las funciones del consejo de administración del fondo de solidaridad y garantía.
  13. Presentar ante las comisiones séptimas de Senado y Cámara, un informe anual sobre la evolución del sistema general de seguridad social en salud.
  • Superintendencia Nacional de Salud

Quién es: Contribuye al desarrollo del Sistema General SST, mediante las inspecciones, vigilancia y control para garantizar el servicio público esencial de salud.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Solicitar, confirmar y analizar la información que se requiera sobre la situación de los servicios de salud y sus recursos, sobre la situación jurídica, financiera, técnica-científica, administrativa y económica de las entidades sometidas a vigilancia por la Superintendencia Nacional de Salud.
  2. Prevenir, orientar, asistir a las entidades encargadas del financiamiento, aseguramiento, prestación del servicio de salud, atención al usuario, a la participación social de vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud.
  • Organización Internacional del Trabajo – OIT

Quién es: Organismo especializado de la ONU que tiene por objetivos la promoción de la justicia social y el reconocimiento de las normas fundamentales del trabajo, la creación de oportunidades de empleo y la mejora de las condiciones laborales en el mundo.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Contribuir al diseño y la gestión de políticas públicas de formación profesional acordes con el programa de trabajo decente y en el marco de las estrategias y planes nacionales definidos entre la OIT y los gobiernos, las organizaciones de empleadores y de trabajadores.
  2. Establecer las directrices adecuadas y relativas al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo con arreglo a principios acordados a nivel internacional.
  3. Desarrollar una comunidad de aprendizaje y gestión del conocimiento en formación profesional a través de la recuperación crítica, sistematización y diseminación de información, experiencias e innovaciones.
  4. Promover la investigación relacionada con la institucionalización de la formación, atendiendo criterios de eficiencia, competitividad, productividad, calidad, equidad social y respeto de las normas internacionales del trabajo. 
  • Organización Internacional de Empleadores

Quién es: Es la red más amplia del sector privado del mundo, con una gama de 150 empresas y organizaciones miembro en 143 países. La OIE representa a la voz de las empresas en cuestiones de política social y laboral en debates con la Organización Internacional del Trabajo, la ONU y el sistema multilateral, los foros del G20 y otros emergentes.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Ser delegatarias del Fondo de Solidaridad y Garantía para la captación de los aportes de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  2. Promover la afiliación de grupos de población no cubiertos actualmente por la Seguridad Social.
  3. Organizar la forma y mecanismos a través de los cuales los afiliados y sus familias puedan acceder a los servicios de salud en todo el territorio nacional.
  4. Definir procedimientos para garantizar el libre acceso de los afiliados y sus familias.
  5. Remitir al Fondo de Solidaridad y Compensación la información relativa a la afiliación del trabajador y su familia, a las novedades laborales, a los recaudos por cotizaciones y a los desembolsos por el pago de la prestación de servicios.
  • Juntas Regionales y Nacional de Calificación de Invalidez

Quién es: Son organismos del Sistema de la Seguridad Social del orden nacional, de creación legal, adscritas al Ministerio de Trabajo con personería jurídica, de derecho privado, sin ánimo de lucro, de carácter interdisciplinario, sujetas a revisoría fiscal, con autonomía técnica y científica en los dictámenes periciales, cuyas decisiones son de carácter obligatorio, sin perjuicio de la segunda instancia que corresponde a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, respecto de las regionales y conforme a la reglamentación que determine el Ministerio del Trabajo.

Papel que Cumplen las Juntas de Calificación de Invalidez en el SG SST:

  1. Dictar su propio reglamento el cual debe estar disponible para las autoridades y debe cumplir con los lineamientos mínimos que expida el Ministerio del Trabajo y demás normativa vigente.
  2. Tener una sede de fácil acceso y sin barreras arquitectónicas, que permita el ingreso de las personas en situación de discapacidad.
  3. Atender al público en general en días y horas hábiles y en el horario fijado por la junta.
  4. Asesorar al Ministerio del Trabajo en la actualización del Manual Único de Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional y la elaboración de formularios y formatos que deban ser diligenciados en el trámite de las calificaciones y dictámenes.
  5. Capacitar y actualizar en forma permanente a sus integrantes únicamente en temas relacionados con las funciones propias de las juntas.
  6. Emitir los dictámenes, previo estudio del expediente y valoración del paciente, así como decidir sobre el origen de las contingencias, fecha de estructuración y calificación del grado de pérdida de la capacidad laboral, solicitadas por las entidades que califican en primera oportunidad y las demás partes interesadas.
  7. Citar a la persona a sujeta al dictamen para la evaluación correspondiente.
  8. Ordenar la práctica de exámenes y evaluaciones complementarias, diferentes a los acompañados con la historia clínica que considere indispensables para fundamentar su dictamen.
  9. Si lo considera necesario, solicitar a las Entidades Promotoras de Salud, a las Administradoras de Riesgos Laborales y a las Administradoras de Fondos de Pensiones, así como a los empleadores y a las instituciones prestadoras de los servicios de salud que hayan atendido al afiliado, al pensionado o al beneficiario, los antecedentes e informes adicionales para proferir un adecuado dictamen.

6.ORGANISMO ADMINISTRACIÓN Y FINANCIACIÓN

  • Entidades Promotoras de Salud – EPS

Quién es: Son las entidades responsables de la afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Formular
  • Direcciones Seccionales, Distritales y Locales de Salud – (DSS – DDS – DLS)

Quién es: Son organismos públicos que ejercen funciones de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud a nivel territorial. Dependen del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, del Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Velar porque las Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza jurídica, establezcan los mecanismos de atención a sus usuarios y canalicen adecuadamente sus peticiones.
  2. Atender y canalizar las veedurías ciudadanas y comunitarias, que se presenten en salud, ante la institución y o dependencia pertinente en la respectiva entidad territorial.
  3. Controlar la adecuada canalización y resolución de inquietudes y peticiones que realicen los ciudadanos en ejercicio de sus derechos y deberes, ante las Empresas Promotoras de Salud.
  4. Exigir que las Empresas Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Salud, entreguen información sistematizada periódicamente a las oficinas de atención a la comunidad o a quienes hagan sus veces en el respectivo nivel territorial.
  5. Garantizar que las Empresas Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de los Servicios de Salud tomen las medidas correctivas necesarias frente a la calidad de los servicios.
  6. Inspeccionar y vigilar la aplicación de las normas técnicas, científicas, administrativas y financieras que expida el Ministerio de Salud, sin perjuicio de las funciones de Inspección y Vigilancia atribuidas a las demás autoridades competentes.
  • Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGA

Quién es: Es una cuenta adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social manejada por encargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta de personal propia, cuyos recursos se destinan a la inversión en salud.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Determinar los criterios de utilización y distribución de los recursos del Fosyga.
  2. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fosyga presentado a su consideración por la Dirección General de Gestión Financiera del Ministerio de Salud y sus modificaciones. Allí se indicarán de forma global los requerimientos presupuestales por concepto de apoyo técnico, auditoría y remuneraciones fiduciarias necesarios para garantizar el manejo integral del Fosyga y se detallarán los ingresos y gastos de cada una de las subcuentas.
  3. Aprobar anualmente los criterios de distribución de los excedentes existentes a 31 de diciembre de cada año, en cada una de las subcuentas del Fosyga, de conformidad con la ley y con los reglamentos internos.
  4. Estudiar los informes sobre el Fosyga que le sean presentados periódicamente por la Dirección General de Gestión Financiera del Ministerio de Salud y señalar los correctivos que a su juicio, sean convenientes para su normal funcionamiento.
  5. Estudiar los informes presentados por la Superintendencia Nacional de Salud y hacer las recomendaciones pertinentes para el adecuado cumplimiento y desarrollo de los objetivos del Fondo.
  6. Determinar los eventos para los cuales el Fosyga organizará fondos de reaseguramiento o de redistribución de riesgo y los mecanismos necesarios para su funcionamiento.
  7. Aprobar el manual de operaciones del Fosyga.
  8. Las demás que le señale la ley y sus reglamentos.

7.INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD

  • Instituciones Prestadoras de Salud – IPS

Quién es: Son todas las instituciones en Colombia que prestan los servicios médicos de consulta, hospitalarios y clínicos, y de cuidados intensivos. Una IPS es contratada por las entidades promotoras de salud – EPS para que cumpla con los planes y servicios que estas ofrecen a sus usuarios, pero son las EPS que cancelan todos los gastos médicos que sus pacientes generen a las IPS.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Prestar los servicios en su nivel de atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros y principios señalados en la presente Ley.
  2. Contar con un sistema contable que permita registrar los costos de los servicios ofrecidos.
  3. Contar con principios básicos de calidad y de eficiencia, para así tener autonomía administrativa, técnica y financiera. Además propenderán por la libre concurrencia en sus acciones, proveyendo información oportuna, suficiente y veraz a los usuarios, y evitando el abuso de posición dominante en el sistema.
  • Administradora de Riesgos Laborales – ARL

Quién es: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir y proteger a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Las Administradoras de Riesgos Laborales, deberán promocionar el Sistema de Riesgos Laborales entre los empleadores, brindando la asesoría necesaria para que el empleador seleccione la administradora correspondiente.
  2. Garantizar a sus afiliados la prestación de los servicios asistenciales de salud a que tienen derecho.
  3. Realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de Riesgos Laborales.
  4. Promover y divulgar programas de medicina laboral, higiene industrial, salud ocupacional y seguridad industrial.

Lee: Recordemos el decreto 1072 de 2015 (Capitulo 6. seguridad y salud en el trabajo SG-SST)

8.BENEFICIARIOS

  • Empleadores

Quién es: Es la persona o entidad, de cualquier clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra o a quien se presta el servicio.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Definir, firmar, planificar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el trabajo para todas las personas que tengan relación de trabajo con la empresa independiente de la naturaleza jurídica del vínculo.
  2. Comunicar en forma idónea la política y desarrollarla asegurando la participación de los trabajadores.
  3. Dar inducción a todos los colaboradores, independiente de su modalidad de contratación
  4. Dar y garantizar la capacitación de los trabajadores y su participación en el comité paritario y que dicho comité cuente con los recursos para su desarrollo y sus partícipes con el tiempo.
  5. Mantener al día, disponibles, actualizados y conservar todos los documentos que tengan que ver con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo  los cuales estarán bajo la custodia del responsable en la empresa del desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
  • Trabajadores

Quién es: Es la persona que se obliga a la prestación del servicio o a la ejecución de la obra y puede ser empleado u obrero.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Procurar el cuidado integral de su salud.
  2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
  3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.
  4. Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo.
  5. Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG-SST.
  6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
  • Pensionados

Quién es: Es la persona que recibe una pensión del seguro social adquirida en virtud de sus propios aportes en calidad de trabajador cotizante. (Comprende los pensionados por riesgos de trabajo, invalidez y vejez).

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Procurar el cuidado integral de su salud.
  2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
  3. Informar al Fondo de Pensiones cuál es la EPS a la que este deberá entregar su cotización, que podrá ser la misma a la que venía afiliado u otra en caso de que haya decidido cambiarse, siempre y cuando cumpla los requisitos exigidos para el efecto.
  • Comités de participación comunitaria en salud

Quién es: Conocido como COPACO, es un organismo de concertación entre la sociedad y la Administración Municipal, para gestionar la salud del municipio, que opera en el ámbito de la Secretaria de Salud y protección Social del Municipio.

Papel que Cumple en el SG SST:

  1. Intervenir en las actividades de planeación, asignación de recursos y vigilancia y control del gasto en todo lo atinente al sistema general de seguridad social en salud en su jurisdicción respectiva.
  2. Participar en el proceso de diagnóstico, programación control y evaluación de los Servicios de Salud.
  3. Presentar planes, programas y prioridades en salud a la Junta Directiva del organismo o entidad de salud, o a quien haga sus veces.
  4. Gestionar la inclusión de planes, programas y proyectos en el Plan de Desarrollo de la respectiva entidad territorial y participar en la priorización, toma de decisiones y distribución de recursos.
  5. Proponer y participar prioritariamente en los programas de atención preventiva, familiar, extra hospitalaria y de control del medio ambiente.
  6. Proponer a quien corresponda la realización de programas de capacitación e investigación según las necesidades determinadas en el Plan Local de Salud.
  7. Verificar que los recursos provenientes de las diferentes fuentes de financiamiento se administren adecuadamente y se utilicen en función de las prioridades establecidas en el Plan de salud de la comunidad del área de influencia del respectivo organismo o entidad.
  8. Velar porque los recursos de fomento de la salud y prevención de la enfermedad, destinados a la gestión social de la salud, se incluyan en los planes de salud de la entidad territorial y se ejecuten debidamente, conforme a las disposiciones legales sobre la materia.
  9. Solicitar al alcalde y/o concejo municipal la convocatoria de consultas populares para asuntos de interés en salud, que sean de importancia general o que comprometan la reorganización del servicio y la capacidad de inversión del municipio yo el departamento, conforme a las disposiciones de la ley estatutaria que define éste mecanismo.

Explicación de los diferentes sistemas nacionales de: ambiente, calidad, salud y seguridad en el trabajo. Estructura de las diferentes autoridades en cada temática

Directorio de autoridades identificadas

Frecuencia de revisión del directorio de autoridades: mensualmente

El control de los documentos solicitado por los diferentes sistemas de gestión contiene los siguientes ítems:

Estructura documental

En un sistema de gestión existen diferentes niveles de documentación, de acuerdo al tipo y grado de información que contenga.

 Lee: Conoce en que consiste el Sistema nacional de calidad.

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