TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL REPORTE DE AUTOGESTIÓN DEL PESV

TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL REPORTE DE AUTOGESTIÓN DEL PESV

TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL REPORTE DE AUTOGESTIÓN DEL PESV

REPORTE DE AUTOGESTIÓN DEL PESV

En este artículo vamos a profundizar en el paso 20 del anexo de la Resolución 20223040040595 de 2022, que establece el reporte de autogestión del PESV de forma obligatoria, este es un informe que las empresas deben presentar regularmente a las autoridades competentes para demostrar el cumplimiento de su PESV y los avances en materia de seguridad vial.

Paso 20: Indicadores y reporte de autogestión PESV

El paso 20 de la Resolución 40595 se refiere a la definición de los indicadores de gestión del PESV y la elaboración del reporte de autogestión. Este reporte debe incluir información sobre:

Cumplimiento de los objetivos del PESV: Se deben mostrar los avances en el cumplimiento de los objetivos establecidos en el PESV, como la reducción de accidentes de tránsito, la capacitación del personal en seguridad vial, el mantenimiento de vehículos, entre otros.

Indicadores de gestión: Se deben reportar los indicadores de gestión definidos en el PESV, como el número de accidentes de tránsito, el número de capacitaciones realizadas, el porcentaje de cumplimiento del programa de mantenimiento de vehículos, entre otros.

Análisis de resultados: Se debe realizar un análisis de los resultados obtenidos en los indicadores de gestión y explicar las posibles desviaciones y las acciones correctivas tomadas.

Lecciones aprendidas: Se deben identificar las lecciones aprendidas durante la implementación del PESV y las recomendaciones para mejorar la gestión de la seguridad vial en la empresa.

¿Quiénes deben presentar el reporte de autogestión?

Todas las empresas y entidades que tengan la obligación de implementar un PESV, según la Resolución 40595 de 2022, deben presentar el reporte de autogestión. Esto incluye empresas de transporte, empresas de mensajería, empresas de construcción, entidades públicas, entre otros.

¿Cuándo y cómo se debe presentar el reporte?

El reporte de autogestión del PESV se debe presentar de acuerdo con los plazos y la forma establecidos por las autoridades competentes. Generalmente, se debe presentar un reporte anual. La Resolución 40595 establece que el reporte debe ser cargado en el Sistema Inteligente Nacional de Supervisión de Transporte, SINST-VIGIA 2. Con corte al 31 de diciembre de cada año, teniendo en cuenta que el reporte se debe realizar a más tardar el 31 de enero de cada año.

¿Qué pasa si no se presenta el reporte?

Las empresas que no presenten el reporte de autogestión del PESV pueden ser sancionadas por las autoridades competentes. Es importante cumplir con esta obligación para evitar sanciones y demostrar el compromiso de la empresa con la seguridad vial.

Resolución 20223040040595 de 2022 – Metodología para los planes estratégicos de seguridad vial.

Recomendaciones adicionales

Revisa la Resolución 40595 de 2022: Lee detenidamente la resolución para conocer todos los detalles y requisitos del reporte de autogestión del PESV.

Utiliza el SINST-VIGIA 2: Familiarízate con el sistema y asegúrate de tener acceso para cargar el reporte.

Define indicadores claros y medibles: Asegúrate de que los indicadores de gestión definidos en tu PESV sean claros, medibles y relevantes para la actividad de tu empresa.

Realiza un seguimiento constante: Realiza un seguimiento constante de los indicadores de gestión y toma medidas correctivas en caso de desviaciones.

Capacita al personal: Capacita al personal de tu empresa en seguridad vial y en la importancia del reporte de autogestión.

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