LEY 697 DE 2001 FOMENTO DEL USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA Y LA UTILIZACIÓN DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS

LEY 697 DE 2001 FOMENTO DEL USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA Y LA UTILIZACIÓN DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS

LEY 697 DE 2001 FOMENTO DEL USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA Y LA UTILIZACIÓN DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS

LEY 697 DE 2001

Con la ley 697 de 2001 el Gobierno Nacional Declara el Uso Racional y Eficiente de la Energía (URE) como un asunto de interés social, público y de conveniencia nacional, fundamental para asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, la competitividad de la economía colombiana, la protección al consumidor y la promoción del uso de energías no convencionales de manera sostenible con el medio ambiente y los recursos naturales.

Para lograrlo el estado debe establecer las normas e infraestructura necesarias creando la estructura legal, técnica, económica y financiera necesaria para lograr el desarrollo de proyectos concretos, URE, a corto, mediano y largo plazo, económica y ambientalmente viables asegurando el desarrollo sostenible, al tiempo que generen la conciencia URE y el conocimiento y utilización de formas alternativas de energía.

¿Cuál es el objetivo de los programas de uso racional y eficiente de la energía?

Entre los objetivos esta promover y asesorar los proyectos URE, presentados por personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, de acuerdo con los lineamientos del programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía y demás formas de energía no convencionales (PROURE), estudiando la viabilidad económica, financiera, tecnológica y ambiental.

Así como promover el uso de energías no convencionales dentro del programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía y demás formas de Energía no Convencionales (PROURE), estudiando la viabilidad tecnológica, ambiental y económica.

Recordemos el decreto 1076 de 2015, decreto único reglamentario del sector ambiente.

¿Qué entidad será la responsable del desarrollo de estos programas?

El Ministerio de Minas y Energía, será la entidad responsable de promover, organizar, asegurar el desarrollo y el seguimiento de los programas de uso racional y eficiente de la energía.

¿Qué estimulos y sanciones se estableceran?

  1. Para la investigación: El Gobierno Nacional propenderá por la creación de programas de investigación en el Uso Racional y Eficiente de la Energía a través de Colciencias, según lo establecido en la Ley 29 de 1990 y el Decreto 393 de 1991.
  2. Para la investigación: El Gobierno Nacional propenderá por la creación de programas de investigación en el Uso Racional y Eficiente de la Energía a través de Colciencias, según lo establecido en la Ley 29 de 1990 y el Decreto 393 de 1991.
  3. Reconocimiento Público: El Gobierno Nacional creará distinciones para personas naturales o jurídicas, que se destaquen en el ámbito nacional en aplicación del URE; las cuales se otorgarán anualmente. El Ministerio de Minas y Energía dará amplio despliegue a los galardonados en los medios de comunicación más importantes del país. 
  4. Generales:  Reglamentado por el Decreto Nacional 2225 de 2010. El Gobierno Nacional establecerá los incentivos e impondrá las sanciones, de acuerdo con el programa de uso racional y eficiente de la energía y demás formas de energía no convencionales, de acuerdo a las normas legales vigentes.

Conoce las generalidades de la norma ISO 14001:2015 Sistema de gestión ambiental.

¿Qué deben hacer las empresas?

El Gobierno Nacional a través de los programas que se diseñen, incentivará y promoverá a las empresas que importen o produzcan piezas, calentadores, paneles solares, generadores de biogás, motores eólicos, y/o cualquier otra tecnología o producto que use como fuente total o parcial las energías no convencionales, ya sea con destino a la venta directa al público o a la producción de otros implementos, orientados en forma específica a proyectos en el campo URE, de acuerdo a las normas legales vigentes.

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