RESOLUCIÓN 5018 DE 2019-GENERACIÓN, TRANSMISIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESOLUCIÓN 5018 DE 2019-GENERACIÓN, TRANSMISIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESOLUCIÓN 5018 DE 2019-GENERACIÓN, TRANSMISIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Esta resolucion deroga la resolución 1348 de 2009

El 20 de noviembre del 2019 el Ministerio de Trabajo expidió la resolución 5018 con el fin de establecer  los lineamientos en Seguridad y Salud en el Trabajo para todas las actividades que sean ejecutadas en los procesos de generación de energía a través de fuentes convencionales y no convencionales, transmisión, distribución y comercialización de la Energía Eléctrica.

¿A QUIÉNES APLICA RESOLUCIÓN 5018 DE 2019?

A las empresas que presten o hagan uso del sistema eléctrico colombiano,  en los procesos de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica.

OBLIGACIONES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Las empresas, entidades y personas que laboran en los Procesos de Generación, Transmisión, Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica, cualquiera que sea su vinculación, deben desarrollar la planeación, ejecución, control y seguimiento necesarios.

Es importante que tengan en cuenta que la capacitación, asesoría, consultoría, asistencia, exámenes y en general, lo referente a Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos laborales que contrate o se le proporcione a una o varias empresas del sector eléctrico, solo podrá ser contratado, otorgado y dado por personal con licencia vigente en Seguridad y Salud.

Las anteriores actividades serán sancionadas en caso de no contratar o ser asistidas por personal, sin la licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo.

CONDICIONES PARA TRABAJOS EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Al momento de trabajar con instalaciones eléctricas debes tener en cuenta las siguientes condiciones:

Energia Electrica

MÉTODOS DE TRABAJO EN EQUIPOS E INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Debes tener en cuenta que las técnicas y procedimientos para trabajar en instalaciones eléctricas, serán establecidas por la empresa de acuerdo con el conocimiento y desarrollo tecnológico alcanzado, la normatividad vigente, las exigencias y condiciones operativas de la instalación o equipo a intervenir y los planes de mantenimiento o condiciones de emergencia que requieran atender, además debes tener en cuenta los siguientes criterios:

  1.  La empresa debe contar con una metodología para la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, la empresa es autónoma de escoger la metodología.
  2. Ningún trabajador está autorizado para asumir, por su propia cuenta y riesgo, trabajos que no hayan sido evaluados y aprobados por las instancias de responsabilidad establecidas en la empresa.
  3. Toda nueva tecnología o técnica de construcción, mantenimiento y operación debe ser evaluada desde el punto de vista de Seguridad y Salud en el Trabajo antes de ser aplicada, lo anterior con el fin de determinar como puede afectar a las personas, y establecer así  las medidas necesarias para el control y mitigación del riesgo. 
  4. Es importante que la nueva implementación sea socializada a los trabajadores.
  5. La elaboración o actualización de los procedimientos, instructivos y guías de trabajo deben contemplar los aspectos de SST.
  6. La divulgación de las actualizaciones de los procedimientos instructivos o guías, deben estar formalizadas por medio de las capacitaciones establecidas en el plan de trabajo anual, que hace parte del Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.

MÉTODO DE TRABAJO SIN TENSIÓN

En los métodos de trabajo sin tensión, debes tener en cuenta:

MÉTODO DE TRABAJO CON TENSIÓN

Se considera trabajo con tensión todo aquel que se ejecute sobre una instalación o equipo energizado con tensión eléctrica igual o superior a 25 voltios; también será considerado con tensión, aquel elemento no puesto a tierra en su parte activa antes de ser intervenido.

DEBERES DE LA EMPRESA

  • Establecer y aplicar medidas para la prevención de accidentes en los circuitos, líneas, redes, y elementos de maniobra.
  • En plantas de emergencia deben elaborar procedimientos de mantenimiento, pruebas y ensayos.
  • En instalaciones y áreas restringidas deben establecer procedimientos que regulen el comportamiento de los trabajadores, así como de las personas advertidas, dentro de sus instalaciones.
  • Actualizar su matriz de vulnerabilidad cada año como mínimo
  • Mantener actualizado los planes de emergencia definidos asegurando su difusión e implementación.
  • Suministrar oportunamente a sus trabajadores y de conformidad a la labor elementos y equipos de seguridad
  • Desarrollar la planeación, ejecución, control y seguimiento necesarios para dar cumplimiento a la presente resolución.
  • Adaptar los procedimientos y equipos de trabajo, entre otros.

¿QUÉ PLAZO TENGO?

Inicialmente la resolución 5018 de 2019  había establecido un periodo máximo de doce (12) meses contados a partir de la fecha de publicación de la resolución (Dada en Bogotá, D. C., a 20 de noviembre de 2019), sin embargo la Resolución 2550 del 24 de noviembre del año 2020 Prorroga el plazo por 12 (doce) meses más.

SANCIONES

 El incumplimiento a lo establecido en la presente resolución y demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan, será sancionado en los términos previstos de la siguiente normatividad: 

Normatividad sector de la Energía Elecríca

Lee acerca de la gestión de riesgos en la norma ISO 14001:2015

NORMATIVIDAD RELACIONADA – ENERGÍA ELÉCTRICA

A continuación, haremos una relación de la normatividad relacionada, a partir del año 2015.

NORMA DESCRIPCIÓN CONTENIDO
Resolución 40492 de 2015 Por la cual se aclaran y corrigen unos yerros en el Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE, establecido mediante Resolución No. 90708 de 2013.Modifíquese la definición de alta concentración de personas y adiciónense las definiciones de fabricación única e instalación eléctrica domiciliaria.
Deroga las disposiciones que le sean contrarias del Anexo General de la Resolución 9 0708 del 30 de agosto de 2013 y sus Resoluciones aclaratorias.
Decreto 474 de 2016Por el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, en lo relacionado con medidas tendientes al uso racional y eficiente de la energía eléctrica respecto de la publicidad exterior visual.Adiciónese el artículo 2.2.3.6.4.9 a la sección 4 «Practicas Con Fines de Uso Racional y eficiente de Eléctrico eléctrica» contenida en el Capítulo 6 del Título 111 de la Parte 2, el cual quedará así Artículo 2.2.3.6.4.9. Medidas transitorias para Uso racional y eficiente de Eléctrico eléctrica en Publicidad Exterior Visual. Los usuarios de Publicidad Exterior Visual que utilicen el servicio público de Eléctrico eléctrica del Sistema Interconectado Nacional -SIN-, ante la presencia de circunstancias extraordinarias que pongan en riesgo la prestación de dicho servicio, acorde a la calificación que efectúe el Ministerio de Minas y Energía, deberán contribuir a disminuir el consumo para alcanzar los mayores beneficios en el uso eficiente de la Eléctrico.
Resolución 40157 de 2017Por la cual se establece la fecha oficial de entrada en funcionamiento del aplicativo para el cargue de información de dictámenes de inspección de instalaciones eléctricas DIIE.Entrada en funcionamiento del DIIE. – Establecer como fecha oficial de entrada en funcionamiento del aplicativo DIIE el 10 de abril del año 2017.
A partir de la entrada de vigencia de la DIIE los organismos de inspección de instalaciones eléctricas deberán cargar la información de los dictámenes de inspección de instalaciones eléctricas.
Resolucion 40259 de 2017Por la cual se modifican los numerales 32.1.3 y 38.1 y se adiciona el numeral 32.1.3.1. del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas — RETIE, adoptado mediante Resolución No. 90708 de 2013.Competencias laborales para inspectores y directores técnicos. Adiciónese el numeral 32.1.3.1 al Anexo General, el cual quedará así:
Normas para certificación de competencias de inspectores y directores técnicos de organismos de inspección de instalaciones eléctricas expedidas por organismos acreditados.
Si al momento de la solicitud de acreditación de entes interesados en certificar la competencia de inspectores y directores técnicos de organismos de inspección de instalaciones eléctricas, no se cuenta con normas de competencias laborales expedidas por el SENA o ICONTEC, estas podrán reemplazarse por esquemas de certificación basados en los perfiles ocupacionales presentados por los entes interesados en la acreditación, siempre y cuando dichos perfiles contengan los conocimientos y aptitudes del inspector para la verificación y testificación de todos los requisitos aplicables al tipo de instalación a inspeccionar.
Hasta tanto no se cuente en el territorio nacional con al menos un (1) organismo acreditado para la certificación de competencias como inspectores y directores técnicos de inspección en instalaciones eléctricas, la competencia de las personas a las que se refiere el presente artículo, la podrá certificar una universidad que tenga aprobado el programa de Ingeniería Eléctrica y el certificado así expedido tendrá una vigencia de tres (3) años.
Resolución 40908 de 2018Por la cual se amplía la vigencia de los certificados de competencias expedidos de acuerdo al numeral 32.1.3 del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas — RETIE, adoptado mediante Resolución No. 90708 de 2013.Decidir la permanencia del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE contenido en la Resolución 90708 del 2013 y
sus modificaciones.
Resolución 2550 de 2020Por el cual se prórroga el período de transición señalado en el artículo 3 de la Resolución 5018 de 2019, que establece los lineamientos en Seguridad y Salud en el trabajo en los Procesos de Generación, Transmisión, Distribución y Comercialización de la Energía EléctricaProrrogar hasta por 12 (doce) meses más el periodo de transición establecido en el artículo 3 de la resolución 5018 de 2019, para la implementación de los lineamientos de Seguridad y Salud en el Trabajo en los procesos de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica .
Resolución 40293 de 2021Por el cual se modifican y derogan algunas disposiciones y requisitos del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), adoptado mediante Resolución número 90708 y se deroga el artículo 1o de la Resolución número 40259 de 2017.Con el fin de establecer el esquema de certificación de personas naturales por competencias para inspectores de instalaciones eléctricas, la presente resolución adiciona, modifica y deroga algunas disposiciones y requisitos del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), adoptado mediante Resolución 90708 de 2013, y deroga el artículo 1º de la Resolución 4 0259 de 2017.
Deroga el numeral 38.1 del artículo 38 del anexo general del RETIE, adoptado mediante Resolución 90708 de 2013, y el artículo 1º de la Resolución 4 0259 del 2017.

Consulta aquí las Condiciones mínimas para la implementación de infraestructura de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables

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