RESOLUCIÓN 1481 DEL 2018
(3 de agosto de 2018)
Por la cual se establece la forma y requisitos para presentar ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), las solicitudes de certificación para efectos de lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 512-15 y los numerales 3 y 4 del artículo 512-16 del Estatuto Tributario, relacionados con el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas.
Mediante la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible, el Gobierno Nacional ha buscado concientizar a las empresas, para que adopten planes de producción enfocados a la sostenibilidad ambiental, aportando de esta manera, una estrategia diferenciadora que generará bienestar y mejor calidad de vida.
Uno de los factores que ha impulsado a que la economía Colombiana modifique sus sistemas productivos, ha sido el impacto que los productos generan al medio ambiente y a la población, en especial, el tema de las bolsas plásticas.
Fue a partir del año 2016, que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible define una de las directrices más controversiales para los distribuidores de bolsas plásticas, en donde estos, deben adoptar un Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, dando inicio a uno de los más grandes retos en materia ambiental; generar conciencia.
Dando continuidad a este proceso, se establece el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas, sumando esfuerzos para incentivar el uso de bolsas biodegradables e ir reduciendo el consumo de bolsas no amigables con el ambiente.
A partir de la fecha de emisión de la presente resolución, los fabricantes e importadores de bolsas plásticas deberán presentar ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la información requerida para obtener la certificación cuando se trate de:
- Bolsas plásticas que ofrezcan soluciones ambientales.
- Bolsas plásticas biodegradables y reutilizables que no causan el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas.
¿Cómo debe realizarse el proceso?
*Las listas de verificación solicitadas se encuentran contenidas en los Anexos I y II de la presente norma
Mediante esta certificación, se definirá la tarifa del Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas, que estará comprendida entre 0%, 25%, 50% al 75% del valor pleno de la tarifa, según el nivel de impacto al medio ambiente y la salud pública.
Dicha certificación será expedida por parte de la ANLA y tendrá vigencia de un (1) año contado a partir de su ejecutoria.