RESOLUCIÓN 3050 DE 2022-PROGRAMA REHABILITACIÓN INTEGRAL PARA LA REINCORPORACIÓN LABORAL Y OCUPACIONAL

RESOLUCIÓN 3050 DE 2022-PROGRAMA REHABILITACIÓN INTEGRAL PARA LA REINCORPORACIÓN LABORAL Y OCUPACIONAL

RESOLUCIÓN 3050 DE 2022-PROGRAMA REHABILITACIÓN INTEGRAL PARA LA REINCORPORACIÓN LABORAL Y OCUPACIONAL

RESOLUCIÓN 3050 DE 2022

El objetivo de la resolución 3050 de 2022 es adoptar el Manual de Procedimientos del Programa de Rehabilitación Integral para la reincorporación laboral y ocupacional para la Población Afiliada al Sistema General de Riesgos Laborales, con el fin de garantizar el derecho de los trabajadores a tener una actividad que permita su desarrollo integral.

Este manual describe las acciones que deben desarrollar cada uno de los actores del Sistema General de Riesgos Laborales, para lograr los objetivos en salud de un trabajador que haya presentado un accidente de trabajo o enfermedad de origen laboral que limite su desarrollo ocupacional.

La rehabilitación integral desarrolla acciones simultáneas en tres áreas:

Veamos a continuación aspectos importantes de esta norma:

1. Características del programa de rehabilitación integral

El Manual de procedimientos del programa de rehabilitación integral para la reincorporación laboral y ocupacional para la Población afiliada al Sistema General de Riesgos Laborales, cuenta con las siguientes características:

2. ¿Qué responsabilidades tienen las empresas y empleadores?

Estas son las responsabilidades de los empleadores y contratantes, según este manual:

  • Gestionar el Programa de rehabilitación integral para la reincorporación laboral y ocupacional, en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Garantizar de manera oportuna la participación de los trabajadores en el programa de rehabilitación integral.
  • Informar al asegurador el cumplimiento de los compromisos generados en el desarrollo del Programa de Rehabilitación Integral para la reincorporación laboral y ocupacional de que trata la presente resolución.
  • Articular en los sistemas de vigilancia epidemiológica el componente de rehabilitación integral que permita hacer seguimiento a los eventos de salud para identificar e intervenir tempranamente los riesgos que afectan la funcionalidad y el funcionamiento en la población de trabajadores.
  • Capacitación, asesoría, entrenamiento, asistencia técnica e implementar en el programa de rehabilitación integral para la reincorporación laboral y ocupacional de los trabajadores utilizando las tecnologías de la comunicación, inteligencia artificial  y realidad virtual en los aspectos, acciones y actividades que sean pertinente.
  • Aportar el detalle de cargos y funciones que realiza el trabajador siniestrado con el fin de dirigir en forma más puntual las recomendaciones emitidas por el médico tratante en su rehabilitación funcional.
  • Atender las recomendaciones o restricciones laborales de reintegro laboral; una vez termina el proceso de rehabilitación en un término no superior a diez (10) días, el trabajador debe ser objeto de las evaluaciones médicas ocupacionales propias del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, en cumplimiento a lo establecido en la Resolución 2346 de 2007 o la norma que modifique, adicione o sustituya.
  • Ubicar al trabajador, atendiendo las recomendaciones o restricciones emitidas por el médico tratante y/o el programa de rehabilitación integral en un cargo compatible con sus capacidades y aptitudes, para lo cual deberán efectuar los movimientos de personal que sean necesarios.
  • Permitir y facilitar al trabajador su participación en los programas necesarios para lograr su recuperación funcional.
  • Realizar los estudios de puesto de trabajo necesarios para el desarrollo del Programa de   Rehabilitación integral y reincorporación Ocupacional y Laboral, así mismo, llevar un historial de los estudios realizados.

3. Concepto de rehabilitación

El concepto de rehabilitación debe ser expedido por las Administradoras de Riesgos Laborales, antes de cumplirse el día ciento veinte (120) de la incapacidad derivada del accidente de trabajo o la enfermedad, conforme a lo determinado en el artículo 41 de la Ley 100 de 1993.

Lee el artículo: ¿Por qué es importante planear adecuadamente la matriz legal?

4. Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento dará lugar a sanciones al trabajador, empleador, contratante, Administradoras de Riesgos Laborales y actores del programa de rehabilitación, según lo dispuesto en el artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 1072 de 2015 y demás disposiciones legales vigentes y aplicables.

5. Otros aspectos clave:

  • Las ARL deben garantizar el desarrollo del manual, asesorar a las empresas, disponer de estructura física y recursos, promover el uso de las tecnologías de la comunicación, suministrar dispositivos médicos de apoyo, emitir el informe de reincorporación laboral desde los equipos interdisciplinarios de rehabilitación entre otras responsabilidades.
  • Las IPS deben implementar en sus programas lineamientos de rehabilitación, garantizar la prestación de los servicios de telemedicina y telesalud, articular la atención brindada y el plan terapéutico, así   como las incapacidades temporales, expedidas por el médico tratante y los conceptos del programa  de rehabilitación integral, capacitar al talento humano de la entidad, sobre los procesos de rehabilitación integral.

Continúa leyendo: Recordemos el decreto 1072 de 2015 (Capitulo 6. seguridad y salud en el trabajo SG-SST)

Consulta la resolución 3050 de 2022 completa y su anexo técnico aquí

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