¿RESOLUCIÓN 4927 DE 2016-¿QUIENES PUEDEN DISEÑAR E IMPLEMENTAR EL SG-SST?

¿RESOLUCIÓN 4927 DE 2016-¿QUIENES PUEDEN DISEÑAR E IMPLEMENTAR EL SG-SST?

¿RESOLUCIÓN 4927 DE 2016-¿QUIENES PUEDEN DISEÑAR E IMPLEMENTAR EL SG-SST?

«Por la cual se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo».

La implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo ha creado varias controversias desde la emisión del decreto 1443 de 2014 que luego fue incluido en el Decreto 1072 de 2015; algunos de los interrogantes han sido:

El 23 de noviembre de 2016, el ministerio de trabajo emitió la Resolución 4927 de 2016 donde aclaró varias de estas preguntas

Quienes pueden diseñar e implementar el SG-SST:

Hemos visto una molestia generalizada de parte de los profesionales y especialistas en seguridad y salud en el trabajo frente a este tema con toda la razón, pues no es posible que una persona con solo un curso de 50 horas pudiera adquirir el conocimiento necesario para desarrollar todo el sistema de gestión de forma satisfactoria,muchos se preguntaban: ¿entonces, para que la licencia?, ¿para qué pagar y desgastarse en una carrera profesional o una especialización?

Esta resolución (Resolución 4927 de 2016), nos brinda un panorama mucho más claro sobre las actividades que cada quien puede realizar.

Para comprender mejor el concepto, asimilémoslo con la parte contable que toda organización debe implementar.

Aunque existen unas normas contables estandarizadas en la legislación, su forma de aplicación y la toma de unas políticas contables ajustadas a las necesidades de cada organización deben ser establecidas por un contador titulado y con tarjeta profesional, esto se asemeja al diseño del SG-SST que debe ser realizado por un profesional o especialista en salud ocupacional cuya licencia es la que cuenta con el alcance para esta labor. En ambos casos, los profesionales respaldan con su firma y su tarjeta profesional o licencia, las decisiones en su materia que tome la organización.

Distinto es la puesta en marcha de las políticas contables, para lo cual, los contadores se apoyan en los auxiliares quienes realizan la labor operativa diaria; así mismo, esta es la función que desempeñan dentro del sistema los técnicos y tecnólogos quienes apoyan la implementación de los permisos de trabajo requeridos, inspecciones, investigaciones de accidentes laborales entre otras.

Pero adicional a esto, existen dentro del sistema múltiples actividades adicionales operativas que son asignadas a otros funcionarios sin mayores conocimientos de la temática, como es el caso del control de documentos y registros, la elección de los comités según las normas, seguimiento de ausentismos entre otros.

Algo que si nos deja claro el decreto es que para todos aquellos con responsabilidad dentro del sistema incluyendo miembros de los comités, contratistas y demás deben realizar el curso de 50 horas virtual gratuito que ahora no solo lo dictará el SENA, también pueden ofrecerlo las instituciones universitarias, empresas y gremios previa inscripción y aprobación del ministerio de trabajo y de este modo se aumenta la oferta del mismo.

ASIGNACIÓN DEL RESPONSABLE DEL SG-SST

Este responsable, según el proyecto de resolución de estándares mínimos (sobre el que hablamos más adelante) puede tener contrato de trabajo como dependiente o puede ser contratado por prestación de servicios (como ocurre con los contadores) en ambos casos el responsable debe ser profesional o especialista con licencia en seguridad y salud en el trabajo

Aclaremos, que la Resolución 4927 de 2016establece que las organizaciones de 10 o menos trabajadores con nivel de riesgo I, II o III pueden asignar como responsable del sistema un funcionario de planta (con vínculo laboral) que no cuente con licencia, claro eso sí que cuente con el curso de 50 horas virtual; de lo contrario si el contrato es por prestación de servicios, dicho responsable si debe ser profesional o especialista con licencia en seguridad y salud en el trabajo. Pero cuidado, que este responsable sin licencia solo puede realizar la parte operativa; el diseño del sistema necesariamente debe ser realizado con alguien con licencia de seguridad y salud en el trabajo.

¿SE VENCE EL PLAZO EL 31 DE ENERO DE 2017 Y QUE SIGUE?

Existen muchas dudas al respecto sobre lo que viene una vez se cumpla el plazo y cómo el Ministerio de Trabajo iniciará las inspecciones para corroborar el cumplimiento del SG-SST en las organizaciones. Para este efecto, actualmente se encuentra en desarrollo un proyecto de resolución que reglamentará los “Estándares mínimo del SG – SST en el marco del sistema de garantía de calidad del sistema general de riesgos laborales”; lo proyectado, es que esta resolución se emita en diciembre de 2016.

En la misma, se establecen los puntos de evaluación y los medios de verificación para corroborar el cumplimiento de las diferentes organizaciones; estos estándares serán evaluados a través de una plataforma tecnológica suministrada por el ministerio de trabajo que se encuentra en estos momentos en pruebas de funcionamiento.

Es así como el proyecto de resolución establece unos plazos para que cada una de las organizaciones inicie el registro de su SG-SST en el aplicativo siguiendo los estándares mínimos y de este modo poder iniciar con mayor facilidad por parte del ministerio, la vigilancia y control del cumplimiento frente al sistema.

Lee: Recordemos el decreto 1072 de 2015 (Capitulo 6. seguridad y salud en el trabajo SG-SST)

PLAZOS:

  1. Una vez emitida la resolución, se cuenta con 2 meses para el registro de la evaluación inicial, en este punto el ministerio identificará el avance alcanzado por cada organización.
  2. A partir de los resultados, se debe definir un plan de mejora inicial para cuyo cumplimiento se contará con un plazo de 10 meses.
  3. Cumplido este tiempo, los 4 meses siguientes se evaluará el cumplimiento del plan de mejora del SG-SST
  4. Según los resultados, si se tiene 60 puntos se debe hacer un plan de mejora en 3 meses y subirlo al sistema, entre 61 – 80 se debe hacer un plan de mejora en 6 meses, más de 80 no requiere plan de acción especial diferente a su propio plan de sostenimiento y mejora anual. (esto es proyectado no definitivo)
  5. Anualmente, debe registrarse los planes de mejora del sistema

Esto no quiere decir que no se realicen visitas de verificación con terceros idóneos para corroborar el cumplimiento de las organizaciones a discreción de las disposiciones del ministerio de trabajo.

Cuáles son los perfiles de los Responsables del diseño e implementación del SG-SST? conócelos en la Resolución 0312 de 2019.

HAZ CLIC AQUÍ PARA DESCARGAR LA RESOLUCIÓN

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