SENTENCIA 4406 DE 2020-SOLIDARIDAD DE LOS SOCIOS DE UNA EMPRESA EN ACCIDENTE DE TRABAJO
La sentencia 4406 de 2020 hace referencia a la solidaridad de los socios de la empresa en el pago de indemnización al trabajador accidentado, veamos los antecedentes del caso:
El 18 de diciembre de 2002, Wilson Motta Escobar, se disponía a realizar las labores contratadas, cuando el supervisor Alfredo Mendoza de Petrobras, al percatarse de que un compresor se estaba mojando, sin precaución, ni previsión, ordenó al personal de las empresas que adelantaban sus tareas, incluido el de Ingeniería Joules Mec, que cargaran y transportaran, hasta donde estaba el motor, una caseta metálica que por sus características no podía ser movilizada por personas. debido a las condiciones físicas del objeto (tamaño, peso y volumen), así como las climáticas, se requirió la participación de cerca de 16 personas para desplazarlo, y utilizar 2 tubos de acero que pasaron sobre unas orejas que aquella tenía; que iniciaron la marcha hasta cuando encontraron un obstáculo una tubería que transporta los cables eléctricos a una altura de 5 metros del piso- y, sin dar aviso, las personas soltaron la caseta; Wilson Motta Escobar quedo en «cunclillas» porque todo el peso quedó soportado en sus antebrazos y en los de su compañero Holman Hidalgo. él no pudo sostenerse en pie; lo dejaron en reposo por el intenso dolor y posteriormente lo condujeron a un centro de urgencias en Girardot.
Le dieron un día de incapacidad, razón por la que el trabajador laboró hasta el 21 de diciembre de 2002; y una resonancia magnética reveló las graves consecuencias del accidente: «cuatro hernias discales y discopatía degenerativa lumbar múltiple»; fue intervenido quirúrgicamente por laminectomía descomprensiva LS+disectomía L-4. L5.
Se estableció una pérdida de capacidad laboral (PCL) del 62.75%, de origen profesional; el estado de salud de Wilson Motta Escobar era precario presentaba deficiencias en su región lumbar, con dificultades para moverse, caminar, vestirse e ir al baño. Debía ser atendido y asistido en todo por su cónyuge.
Wilson Motta Escobar suscribió un contrato con Joules Mec Ltda por duración de obra o labor, para desarrollar funciones de soldador II, en el marco del contrato de suministro de cuadrillas de soldadura no calificada, que la sociedad celebró con Petrobras Colombia Limited, para ejecutarse en «campo Guando», zona rural del municipio de Melgar, con un salario de $810.000.
Posteriormente, el señor Motta y su familia llamaron a juicio a Ingeniería Joules Mec Ltda, Petrobras Colombia Limited, hoy Perenco Oil And Colombia Limited, con el fin de establecer la responsabilidad solidaria de estas empresas en el accidente de trabajo y solicitar la indemnización correspondiente por la pérdida de la capacidad laboral y los perjuicios físicos, económicos y psicológicos sufridos. A continuación las te mostraremos las consideraciones de la sentencia para el caso:
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