CIRCULAR EXTERNA 008 DE 2022 – INFORMACIÓN SOBRE CARACTERÍSTICAS DE PRODUCTOS EN CONDICIONES ESPECIALES DE MERCADO

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CIRCULAR EXTERNA 008 DE 2022 – INFORMACIÓN SOBRE CARACTERÍSTICAS DE PRODUCTOS EN CONDICIONES ESPECIALES DE MERCADO

CIRCULAR EXTERNA 008 DE 2022 – INFORMACIÓN SOBRE CARACTERÍSTICAS DE PRODUCTOS EN CONDICIONES ESPECIALES DE MERCADO

CIRCULAR EXTERNA 008 DE 2022

El objetivo de la Circular Externa 008 de 2022 emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio es instruir a los productores y proveedores de productos en condiciones especiales de mercado, sobre la manera como deben informar al consumidor, de forma precisa y clara, las características de los productos imperfectos, usados, reparados, remanufacturados, repotencializados o descontinuados en Colombia. Según las especificaciones contenidas en el artículo 15 de la Ley 1480 de 2011.

1. ¿Cuál es el fundamento legal en el que se basa esta circular?

  • Constitución política de Colombia: Artículo 78, donde se establece que la ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización.

Ley 1480 de 2011: Numeral 1.3 del artículo 3, consagra la información como derecho del consumidor, exigiendo que aquella sea «completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los productos  que se ofrezcan o se pongan  en circulación,  así como sobre los riesgos que puedan derivarse de su consumo o utilización,  los mecanismos de protección de sus derechos y las formas de ejercerlos«.

Adicionalmente, en los artículos 23 al 28, establece normas específicas que regulan la información y las características que esta debe exhibir, así como el régimen de responsabilidad para proveedores y productores derivada de la inadecuada o insuficiente información.

Con el fin de identificar oportunidades de mejora para las instrucciones que se desarrollarán con la presente circular, basadas en normatividad y experiencias de homólogos internacionales, se llevó a cabo un ejercicio de derecho a través del cual se recibieron  respuestas  de nueve (9) autoridades de protección  al consumidor  en el mundo, los países consultados coincidieron en que, a la luz de sus normatividades, las características de los productos en condiciones especiales -a saber,  imperfectos,  usados,  reparados, remanufacturados,  repotencializados, descontinuados, entre otros- deben ser manifestadas y comunicadas a los consumidores, antes de la compra del producto y de manera clara, visible y legible (en el idioma correspondiente).

Asimismo, coinciden en que se informe de dichas condiciones tanto en la publicidad como en el empaque o envoltura del producto, evitando cualquier tipo de tergiversación de la información suministrada.

Lee: Conoce los requisitos de la norma ISO 9001:2015 Sistemas de gestión de calidad.

2. Instrucciones para la información sobre las características de productos condiciones especiales de mercado

Con el propósito de garantizar a los consumidores de productos en condiciones especiales de mercado el acceso a una información adecuada en los términos de la Ley 1480 de 2011 y que les permita tomar elecciones bien fundadas, la Superintendencia de Industria y Comercio expide el siguiente instructivo con los requisitos generales a cumplir por los productores y proveedores:

  • Se debe informar la circunstancia del producto tanto en los establecimientos físicos como a través de los medios que utilizan métodos no tradicionales o a distancia para la comercialización de estos.
  • La información frente a la condición de imperfecto, usado, reparado, remanufacturado, repotencializado o descontinuado del producto debe ser: clara,veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa, idónea y en castellano, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1480 de 2011.
  • Tanto en el comercio físico como en el comercio electrónico, la información frente a la condición de imperfecto, usado, reparado, remanufacturado, re potencializado o descontinuado, debe mostrarse de forma contigua al nombre o al precio del producto, garantizando su notoriedad, legibilidad, visibilidad y fácil acceso por parte del consumidor antes de tomar la decisión de consumo, por ejemplo:
  • Cuando un producto sea objeto de reparación por causas distintas a la garantía legal, se debe informar al consumidor si el (los) repuesto (s) o parte (s) utilizado (s) tiene (n) la condición de imperfecto, usado, reparado, remanufacturado, repotencializado, descontinuado, circunstancias que deben ser aceptadas por el consumidor.

Te invitamos a leer: ¿Por qué es importante planear adecuadamente la matriz legal?

Descarga la circular externa 008 de 2022 de la Superintendencia de Industria y comercio aquí.

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