ÚLTIMOS CAMBIOS REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

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CAMBIOS REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

El reglamento de trabajo es un documento interno de la empresa que contiene las normas que gobiernan la relación entre el empleador y los trabajadores, a continuación te mostraremos los cambios normativos en años recientes, que podrían impactar los reglamentos internos de trabajo y hacer algunas aclaraciones respecto a los mismos:

NormaEmisorDescripciónCambio principal o aclaración respecto al Reglamento Interno de Trabajo
Sentencia C-038 del 2021Corte constitucionalSe declara INEXEQUIBLE la expresión “las mujeres y” contemplada en el numeral 13 del artículo 108 del Decreto ley 2663 de 1950 (Código Sustantivo del Trabajo).”La corte declaró la inconstitucionalidad del numeral del código sustantivo del trabajo, que autorizaba la inclusión en el reglamento de las empresas, de las labores que no podrían ejecutar las mujeres
Ley 2088 de 2021Congreso de la República de ColombiaPor la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones.”
 
Esta es una forma de ejecución del contrato de trabajo en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que no conlleva a un cambio contractual y que puede usarse en las empresas privadas, así como en las organizaciones del estado, en un tiempo prorrogable de 3 meses.
No requiere modificación del Reglamento Interno de Trabajo de forma obligatoria, pero en la parte donde se definen horarios de trabajo la empresa deberá revisar la necesidad o no de ajustes, así como lo referente a sanciones si se estipulan temas de cumplimiento de horario que requieran ajustes por la modalidad
Ley 2101 de 2021Congreso de la República de ColombiaPor medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores y se dictan otras disposiciones.”Se materializó la reducción de la jornada ordinaria laboral. La señalada ley modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual originalmente contemplaba una jornada máxima de 48 horas semanales, para disminuirla de manera gradual en los próximos años a 42 horas semanales.
La reducción gradual de la jornada laboral comienza este próximo 15 de julio del 2023, trayendo consigo la obligación para las empresas de disminuir su jornada máxima laboral a 47 horas semanales.

Jornada flexible: Así, el número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable durante la respectiva semana, teniendo como mínimo cuatro (4) horas continuas y máximo hasta nueve (9) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda la Jornada Ordinaria. De conformidad con el artículo 160 de Código Sustantivo del Trabajo.
Ley 2114 de 2021Congreso de la República de Colombia«Por medio de la cual se amplía la licencia de paternidad, se crea la licencia parental compartida, la licencia parental flexible de tiempo parcial, se modifica el artículo 236 y se adiciona el artículo 241a del código sustantivo del trabajo, y se dictan otras disposiciones»Se amplía la licencia de paternidad, se crea la licencia parental compartida, la licencia parental flexible de tiempo parcial, se modifica el artículo 236 y adiciona el artículo 241A del Código Sustantivo del Trabajo.
Ley 2121 de 2021Congreso de la República de ColombiaPor medio de la cual se crea el régimen de trabajo remoto y se establecen normas para promoverlo, regularlo y se dictan otras disposiciones.”
 
Es una forma de ejecución del contrato de trabajo en todas sus fases mediada de manera remota en la cual en toda la relación laboral se utilizan las tecnologías de la información y las telecomunicaciones u otro medio o mecanismo similar.
Ni la Ley que originó la figura ni su Decreto Reglamentario consagran la obligatoriedad de hacer ajustes en el Reglamento Interno de Trabajo de forma obligatoria, pero en la parte donde se definen horarios de trabajo la empresa deberá revisar la necesidad o no de ajustes, así como lo referente a sanciones si se estipulan temas de cumplimiento de horario que requieran ajustes por la modalidad
Ley 2191 de 2022Congreso de la República de Colombia«Por medio de la cual se regula la desconexión laboral – ley de desconexión laboral

La desconexión laboral es definida como el derecho de los empleados a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada máxima legal de trabajo o convenida, ni en sus vacaciones o descansos.
Establece la necesidad de determinar una política de desconexión laboral y un procedimiento que determine los mecanismos y medios para que los trabajadores o servidores públicos puedan presentar quejas frente a la vulneración del derecho, a nombre propio o de manera anónima.
 
La política de desconexión laboral podrá ser incluida y actualizada internamente en el RIT o de manera anexa a éste.
Decreto 555 de 2022Ministerio del trabajo«Por el cual se adiciona la Sección 6 al Capítulo 6 del Título 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se reglamenta el artículo 17 de la Ley 2069 de 2020, y la Ley 2121 de 2021 y se regula el trabajo remoto«
 
Se regulan las condiciones aplicables a las relaciones laborales entre empleadores del sector privado y trabajadores remotos; las funciones y obligaciones de las Entidades
Administradoras de Riesgos Laborales, y los diferentes actores que participan en
la implementación y ejecución del trabajo remoto en el país.
No requiere modificación del Reglamento Interno de Trabajo de forma obligatoria, pero en la parte donde se definen horarios de trabajo la empresa deberá revisar la necesidad o no de ajustes; así como lo referente a sanciones si se estipulan temas de cumplimiento de horario que requieran ajustes por la modalidad
Decreto 1227 de 2022Ministerio del trabajoPor el cual se modifican los artículos 2.2.1.5.3, 2.2.1.5.5, 2.2.1.5.8 y 2.2.1.5.9, y se adicionan los artículos 2.2.1.5.15 al 2.2.1.5.25 al Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, relacionados con el Teletrabajo.”
 
El teletrabajo consiste en la ejecución de las actividades contratadas por parte del colaborador utilizando para este fin tecnologías de la información y la comunicación – TIC es decir no requiere que el trabajador se desplaza hasta un sitio específico.
La implementación del teletrabajo no requerirá adición al Reglamento Interno de Trabajo, ni modificación al Manual de Funciones y Competencias Laborales.
 
Sin embargo, en la parte donde se definen horarios de trabajo la empresa deberá revisar la necesidad o no de ajustes; así como lo referente a sanciones si se estipulan temas de cumplimiento de horario que requieran ajustes por la modalidad

A la fecha de emisión de esta artículo continuamos a la espera de la reforma laboral anunciada por el gobierno nacional, por tanto, los cambios que se notificaron son previos a la entrada en vigencia de la misma.

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