DECRETO 1079 DE 2015 – DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR TRANSPORTE

DECRETO 1079 DE 2015 – DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR TRANSPORTE

DECRETO 1079 DE 2015 – DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR TRANSPORTE

DECRETO 1079 DE 2015

Teniendo en cuenta que el gobierno nacional, a través del ministerio de transporte, debe velar por la regulación económica y por la formulación y adopción de políticas, planes y programas en materia de transporte, tránsito e infraestructura en los medios de transporte terrestre, marítimo, fluvial, férreo y aéreo, se expidió este decreto con el fin de compilar y racionalizar las normas que rigen en el sector y contar con un instrumento jurídico único para el mismo.

A continuación te recordaremos algunos aspectos importantes de este decreto:

Conformación del decreto 1079 de 2015

Está conformado por tres libros donde se encuentra la estructura y reglamentación del sector transporte así como la vigencia del mismo.

LIBRO 1

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 1

Sector Central: Contempla la cabeza del sector los fondos y los órganos sectoriales de asesoría y coordinación.

Sector descentralizado: Se encuentran las entidades adscritas concejos, comisiones, comités y fondos nacionales.

LIBRO 2

Muestra el  régimen reglamentario del sector  iniciando con:  

1. Disposiciones generales, donde se define que la norma aplica sector transporte y abarca el territorio nacional definiendo los parámetros para ello.

2. Reglamentación del transporte, instaura los parámetros que deben cumplir los modos de transporte aéreo, terrestre, ferrovial, fluvial y a su vez el tipo de operación si es de carga o de pasajeros.

3. Reglamentación de tránsito, explica los términos legales requerimientos y sanciones en materia de reglamentación para poder operar cualquier vehículo.

4. Reglamentación infraestructura, la parte de la responsabilidad gubernamental del Proceso donde se definen las normas para contratar y ejecutar proyectos que intervengan en el sector transporte.

Sobre el transporte terrestre Automotor

En los capítulos relacionados a continuación se establecen los lineamientos para los diferentes tipos de transporte terrestre automotor especificados así:

Capítulo 1 : Servicio público de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano, Distrital y Municipal de Pasajeros.

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 2 Capitulo 1

Capítulo 2: Sistemas de transporte de pasajeros.

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 2 Capitulo 2

Capítulo 3: Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi.

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 2 Capitulo 3

Capítulo 4: Servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera.

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 2 Capitulo 4

Capítulo 5: Servicio público de Transporte Terrestre Automotor Mixto.

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 2 Capitulo 5

Capítulo 6: Servicio público de transporte terrestre automotor especial.

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 2 Capitulo 6

Capítulo 7: Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga.

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 2 Capitulo 7

Disposiciones sobre otros tipos de transporte

Sobre los diferentes tipos de transporte el decreto trata sobre los siguientes temas para cada uno:

  • AVIACIÓN CIVIL – MODO AÉREO

Descentralización aeroportuaria, carencia de informes por tráfico de estupefacientes con fines aeronáuticos y marítimos, disposiciones relativas a tiempos de vuelo, servicio y descanso para tripulantes de aeronaves.

  • TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL

Requisitos para habilitación y permiso de operación, transporte dentro de la jurisdicción de una capitanía de puerto, arrendamiento de naves, acuerdos de transporte marítimo, tarifas y fletes.

  • TRANSPORTE FÉRREO 

Habilitación y operación, condiciones de seguridad, tarifas, conexión de los sistemas informativos. 

  • TRANSPORTE POR CABLE

Habilitación de la empresa, requisitos para obtenerla habilitación, operación y prestación del servicio.

  • SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO MASIVO DE PASAJEROS POR METRO LIGERO, TREN LIGERO, TRANVÍA Y TREN-TRAM

Esquema de integración, trámite de la habilitación, vigencia de la habilitación, condiciones de seguridad para la prestación del servicio.

  • ACCESIBILIDAD A LOS MODOS DE TRANSPORTE DE LA POBLACIÓN EN GENERAL Y EN ESPECIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Garantizar  gradualmente la accesibilidad a los modos de transporte y la movilización en ellos de la población en general y en especial de todas aquellas personas con discapacidad, zonas especiales de estacionamiento y parqueo, condiciones generales y especiales de accesibilidad.

En el decreto 191 de 2021 se establece la identificación de los parqueaderos preferenciales para los vehículos eléctricos.

Otros aspectos contemplados por el decreto

  • Reglamentaciones en materia de tránsito.
  • Centros de enseñanza automovilística.
  • Seguridad vial.
  • Ficha técnica de la licencia de conducción y ficha técnica de la licencia de tránsito.
  • Medidas para controlar la prestación del servicio público de transporte en motocicletas, tracción animal, multas de transito.
  • Reglamentación en materia de infraestructura de transporte.
  • Condiciones que deben cumplir las autoridades para otorgar a los particulares los permisos que requieren para el desarrollo de proyectos de infraestructura de transporte.

En la resolución 1565 de 2014 se encuentra la guía metodológica del plan de seguridad vial.

LIBRO 3

El último libro nos muestra acerca de las leyes y artículos que el decreto 1079 deroga y la vigencia del mismo.

Estructura del Decreto Único del sector transporte- Libro 3

Aquí encontraras el decreto completo.

DILIGENCIAMIENTO DEL «FORMULARIO ADAP/PESV»

La información reportada en el formularlo ADAP/PESV, será utilizada únicamente para diagnosticar de forma anticipada y preventiva el avance de la documentación e implementación del PESV, este requisito es obligatorio y el incumplimiento del reporte será objeto de medidas administrativas, según corresponda.

Se recomienda que quien diligencie el formularlo ADAP/PESV sea la persona encargada del diseño e implementación de PESV en la organización, entidad o empresa, adicionalmente la Agencia Nacional de Seguridad Vial realizará capacitaciones e impartirá instrucciones sobre diferentes temas a tener en cuenta para el diseño e implementación de los PESV a las que podrá acceder a través del siguiente link:

http://www.ansv.gov.co/es/prensa-eventos.

La Superintendencia de Transporte implementará a través del aplicativo un canal para la recepción de inquietudes y consultas asociado al NIT del solicitante.

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