DECRETO 1630 DE 2021- GESTIÓN INTEGRAL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS DE USO INDUSTRIAL

DECRETO 1630 DE 2021- GESTIÓN INTEGRAL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS DE USO INDUSTRIAL

DECRETO 1630 DE 2021- GESTIÓN INTEGRAL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS DE USO INDUSTRIAL

Con este decreto el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establece que el Libro 2, Parte 2 del Decreto 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, tenga un nuevo Título 7B denominado «Gestión ambiental de sustancias químicas» y un nuevo capítulo 1 «Gestión integral de las sustancias químicas de uso industrial, incluida su gestión del riesgo».

DECRETO 1630 DE 2021- GESTIÓN INTEGRAL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS DE USO INDUSTRIAL
DECRETO 1630 DE 2021-OBJETIVO

Aplica a las personas o entidades que gestionen las sustancias a las que se refiere el artículo 2.2.7B.1.1.1  de este capítulo, es decir las que sean identificadas y clasificadas con alguna clase y categoría de peligro del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) de la Organización de las Naciones Unidas, en el marco de sus actividades de producción, importación, uso, comercialización, distribución o transporte.

A continuación, te mostraremos aspectos importantes que se adicionan en esta resolución:

INSTRUMENTOS DE GESTIÓN

Los instrumentos para la gestión integral de las sustancias químicas de uso industrial, son los siguientes:

  • Inventario Nacional de Sustancias Químicas de uso industrial es una base de datos de información sobre las sustancias químicas producidas o importadas en el territorio nacional que permite asociar a cada sustancia, las cantidades fabricadas o importadas, los usos identificados y la peligrosidad.
  • Instrumento de Priorización de las sustancias químicas, que hacen parte del Inventario Nacional de Sustancias Químicas de Uso Industrial, de acuerdo con los criterios de selección que se definan.
  • Evaluación del riesgo para la salud o para el ambiente, de acuerdo con el uso identificado.
  • Programas de reducción y manejo del riesgo para el ambiente o para la salud.

El decreto 1076 de 2015 se expidió con el fin de que en un solo cuerpo normativo se incorporaran todas las disposiciones y las leyes en materia ambiental, conoce las disposiciones aquí.

PLAZOS ESTABLECIDOS

El aplicativo informático será administrado y operado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y los fabricantes y exportadores tendrán los siguientes plazos para entrega de información:

MONITOREO AMBIENTAL Y DE EFECTOS EN LA SALUD

Se debe establecer un mecanismo de captura de información ambiental de las emisiones y transferencias de contaminantes que se generen a partir del uso de las sustancias.

La información recopilada mediante este mecanismo de captura servirá de apoyo a las actividades de seguimiento y control a cargo de las autoridades ambientales, respecto a las emisiones y transferencias de contaminantes que se generen a partir de las sustancias químicas de uso industrial.

Se crea además el Sistema de Gestión Toxicológica para el monitoreo de los efectos en salud, el cual determinará los componentes, procesos, procedimientos y responsables de proveer la información de la identificación de peligros, la exposición y los efectos en la salud por las sustancias químicas de uso industrial.

El sistema permitirá adoptar por parte de las entidades competentes, las medidas de prevención, mitigación, reducción y control de los riesgos de intoxicación, y asistir en la prevención, diagnóstico y tratamiento de los efectos adversos a la salud.

COORDINACIÓN INSTITUCIONAL

Otro aspecto importante es que habrá un grupo técnico de trabajo interministerial conformado por delegados de los Ministerios de Salud y Protección Social, Trabajo, Comercio, Industria y Turismo y Ambiente y Desarrollo Sostenible, para hacer seguimiento a los resultados de la implementación de los instrumentos de gestión de sustancias químicas de uso industrial y su efectividad en la gestión integral de dichas sustancias, que se reunirá al menos dos (2) veces al año.

TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN

Los datos que se utilicen en los instrumentos de gestión definidos en este artículo 2.2.7B.1.2.1 deberán provenir de fuentes de información confiables que cumplan con alguno de los requisitos establecidos en los numerales 2 y 3 del artículo 5 del Decreto 1496 de 2018. Cuando no se disponga de datos confiables existentes y se requiera realizar estudios de seguridad no clínicos a las sustancias químicas de uso industrial, estos deben ser generados por una entidad de ensayo conforme a los Principios de las Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos –OCDE.

INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL

La inspección, vigilancia y control estará a cargo de cada uno de los sectores en el ámbito de sus competencias en materia sanitaria, de seguridad y salud en el trabajo, ambientales y de comercio conforme con las normas aplicables para cada sector.

Este decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial (30 de Noviembre de 2021).

Aqui puedes encontrar el decreto 1630 de 2021 completo.

Ademas conoce los requisitos para la implementación de la ISO 14001:2015 y los beneficios que aporta a tu empresa, el contar con el sistema de gestión ambiental.

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