RESOLUCIÓN 4272 DE 2021 – REQUISITOS MÍNIMOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO EN ALTURAS

RESOLUCIÓN 4272 DE 2021 – REQUISITOS MÍNIMOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO EN ALTURAS

RESOLUCIÓN 4272 DE 2021-REQUISITOS MÍNIMOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO EN ALTURAS

Esta resolución se expide con el fin de establecer los requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo de trabajos en alturas (TA)  y lo concerniente con la capacitación y formación de los trabajadores y aprendices en los centros de entrenamiento de Trabajo en Alturas (AT), aplica a todos los empleadores contratantes,  contratistas, aprendices y trabajadores de todas las actividades económicas que desarrollen trabajo en alturas.

En el caso de las actividades a las que no aplica, se debe llevar a cabo un proceso de identificación de peligros, valoración de riesgos e implementación de controles, siguiendo estándares nacionales o internacionales, garantizando siempre la seguridad de las personas que realizan la actividad.

¿Qué se considera trabajo en alturas?

¿Que se considera trabajo en alturas?

Programa  de prevención  y protección contra  caídas de alturas

Las empresas deben contar con un programa para identificar las tareas de trabajo en alturas y su ubicación, en dicho programa se debe identificar cada riesgo de caída en el lugar de trabajo,  establecer y documentar  uno o varios métodos  para eliminar  el trabajo  en alturas a través de sistemas de ingeniería, adaptaciones de procesos, entre otros, o controlar cada riesgo de caída identificado, aplicando especialmente la jerarquización de controles contenida en el artículo 2.2.4.6.24 del Decreto 1072 de 2015, El programa debe contener como mínimo:

Contenido del programa trabajo en alturas

Roles y responsables en el programa de prevención de caídas

El empleador debe garantizar que dentro del programa prevención y protección contra caídas de alturas, se establezcan  los siguientes roles y responsabilidades,  que no necesariamente implican nuevos cargos al interior de la organización:

Tabla No. 1
ROLES Y RESPONSABILIDADES EN EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y
PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS

ROLRESPONSABILIDADPERFIL REQUERIDO
Administrador del programa de prevención y protección contra caídas de altura, de acuerdo al rol que cumple dentro de la empresa.Diseñar, administrar y asegurar el programa de prevención y protección contra caídas, conforme con la definición establecida para ello.Profesional, especialista o magister en SST
Licencia vigente en seguridad y salud en el trabajo.
Curso de nivel coordinador de trabajo en alturas.
Curso de 50 horas y de
20 horas.
Persona calificadaCalcular resistencia de materiales, diseñar, analizar, evaluar, autorizar puntos de anclaje y/o estructuras para protección contra caídas.
Las demás definidas en la presente resolución.
El perfil requerido se encuentra establecido conforme en la ley 400 de 1997. 
Coordinador de trabajo en alturaIdentificar peligros en el sitio en donde se realiza trabajo en alturas.
Aplicar medidas correctivas inmediatas para controlar los riesgos. asociados a dichos peligros.
Las demás definidas en la presente resolución.
Curso de nivel coordinador de trabajo en alturas.
Curso de 50 horas y de 20 horas.
Trabajador autorizadoRealizar las actividades de trabajo en alturas encomendadas por el empleador y/o contratante, cumpliendo las medidas definidas en la presente resolución.
Las demás definidas en la presente resolución.
Capacitación en el nivel trabajador autorizado, y con reentrenamiento vigente cuando aplique, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución
Ayudante de seguridad de acuerdo con el rol que cumple dentro de la empresa.Son los encargados de hacer cumplir que se mantengan las condiciones de seguridad en el sitio de trabajo para controlar el las áreas de riesgo de caída de objetos o personas.
Las demás definidas en la presente resolución.
Capacitación en el nivel trabajador autorizado con reentrenamiento vigente.

Capacitación  y  entrenamiento  o certificación 

Los  trabajadores que realicen  trabajo  en alturas  deben  tener  su respectivo certificado de capacitación y entrenamiento para trabajo en alturas o certificación de la competencia laboral, si consideran tener la experiencia necesaria podrán optar por la evaluación de estos conocimientos y desempeño a través de un organismo certificador de competencias laborales.

Se debe incluir en los programas de capacitación de la empresa las necesidades y contenidos específicos del Programa de prevención y protección contra caídas en alturas, adicionalmente deben ser informados al centro de capacitación y entrenamiento para que se realicen los refuerzos específicos en las temáticas acorde al contenido mínimo.

Capacitación y entrenamiento de acuerdo a los roles

Se deben capacitar y entrenar en trabajo en alturas los siguientes roles:

Adicionalmente se debe tener en cuenta que cuando  una  persona  de  nivel  entrenador deba ejercer los roles de trabajador autorizado o coordinador de trabajo en alturas  se entenderá que su nivel de   formación   le   permite   cubrir  estos   roles,   por   lo   tanto,   para   continuar desempeñándose  como persona autorizada deber cumplir los  reentrenamientos en las periodicidades y situaciones contempladas en esta norma.

La capacitación y entrenamiento de nivel coordinador permite cubrir los requisitos iniciales de capacitación y entrenamiento para realizar tareas del nivel de trabajador  autorizado, por lo tanto, para continuar desempeñándose  como persona autorizada debe cumplir los reentrenamientos en las periodicidades y situaciones correspondientes.

Permiso  de trabajo en alturas

Siempre que un trabajador ingrese a una zona de peligro, debe contar con la debida autorización y si requiere exponerse al riesgo de caídas, debe contar con un aval a través de un permiso de trabajo en alturas acompañado de una lista de chequeo, más aún en caso de que no haya  barandas, sistemas de control de acceso, demarcación o sistemas de barreras físicas.

El permiso de trabajo debe tener en cuenta el análisis de los demás riesgos del trabajo y las condiciones medioambientales externas que pueden cambiar el desarrollo de las mismas. Esto debe verse reflejado en un formato de análisis de peligros por actividad (ARO, ATS, o cualquier otra metodología).

Sistemas de acceso para trabajo en alturas

Estas son algunas de las condiciones o requisitos para selección y uso de  los sistemas de acceso para trabajo en alturas:

Si se hace indispensable la utilización de los pretales, deberá usarse un pretal como mecanismo de anclaje portátil de uso esternal al poste o un anclaje portátil regulable certificado  que permita abrazar el poste y los otros dos pretales para maniobra de acenso y descenso.

Sistemas  de  restricción

Deben  contar con  anclaje(s)  capaces  de soportar una fuerza  mínima de 1.000  libras por persona conectada (4,5  kilo newtons 459 kgf) o si están diseñados por una persona calificada, como parte de un sistema completo  de restricción plenamente  identificado, deben ser capaces  de soportar  la fuerza estática equivalente al doble de la fuerza  prevista. Su ubicación y diseño evita que el trabajador se acerque al borde garantizando como mínimo una distancia de 60 cm entre el borde y el trabajador.

Los conectores para restricción de caídas tienen como función asegurar al trabajador a un punto de anclaje sin permitir que este se acerque a menos de 60 cm de un borde desprotegido.  Estos conectores podrán  ser de fibra sintética,  cuerda, cable de acero u  otros materiales  con una resistencia  mínima de 5.000 libras (22,2  kilo newtons ­2.272 kg) y debe ser certificado.

Medidas de protección contra caídas en alturas

El empleador  definirá las medidas de protección que deben ser utilizadas en cada sitio de trabajo  donde  exista  por lo  menos  una persona  trabajando  en alturas  ya sea de manera rutinaria o no rutinaria, estas medidas deben estar acordes con la actividad económica y tareas que la componen. Estas medidas se clasifican en:

Medidas  pasivas  de  protección   contra  caídas:   Los  sistemas   de  red  de seguridad  para la  detención de caídas tienen el propósito de detener la  caída del trabajador y objetos evitando lesiones como son:

Elementos de proteccón personal para el trabajo en alturas

Los elementos de protección deben ser usados en conjunto con otras medidas  de prevención  y control de acuerdo  a la jerarquización de controles aplicables a la  prevención  y la  protección  contra caídas establecida  por el  Decreto 1072 de 2015 y los lineamientos de esta resolución, estos deben estar  certificados  y suministrados por el empleador, serán  seleccionados de acuerdo  con  lo  establecido en  el  Sistema  de  Seguridad  y Salud   en  el  Trabajo,   incluidos  los   protocolos  de bioseguridad definidos  en los programas de vigilancia epidemiológica.

Plan de emergencias

Las empresas que dentro de sus riesgos cotidianos tenga incluido el de caída por trabajo  en alturas, debe incluir dentro del plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias establecido en el numeral  12 del artículo 2.2.4.6.12  y el  articulo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 de 2015, un capítulo escrito de trabajo en alturas que debe ser practicado y verificado. Se debe garantizar que el personal destinado para la atención de emergencias en cada actividad, haya participado en la práctica de simulacros y la verificación del mismo.

En el plan de rescate, diseñado  acorde  con los riesgos de la actividad en alturas desarrollada, se deben asignar equipos de rescate certificados para toda la operación y contar con brigadistas o personal capacitados para tal fin.

Recuerda que en el decreto 1072 de 2015 (Capitulo 6.) se encuentran los lineamientos en seguridad y salud en el trabajo SG-SST .

Capacitación, entrenamiento y gestión  de los centros de entrenamiento

Los  programas de capacitación  y entrenamiento en protección  contra  caídas  para trabajo  en alturas hacen parte integral de la capacitación  para la seguridad industrial y del programa de capacitación  del  SG­SST  de la empresa,  por  lo tanto,  se  regirán  por las  normas establecidas en el Ministerio del Trabajo.

Contenidos  de  los  programas  de  capacitación

Según el rol debe contener los siguientes contenidos:

Otros aspectos a tener en cuenta

  • Se especifica que el reentrenamiento de TSA (Trabajo Seguro en Alturas) debe hacer parte de la inducción laboral del trabajador cuando este ingrese como nuevo a la empresa.
  • Se debe reportar a la ARL el personal capacitado y el oferente de la capacitación.

Una empresa debe ser responsable de la Seguridad y Salud en el Trabajo de sus empleados, según la norma ISO 45001:2018 conoce más sobre esta norma en este artículo.

Consulta y descarga aquí la resolucion 4272 de 2021 completa.

Enlaces de interes

Reentrenamiento y capacitación en trabajo en alturas, Circular 036 de 2022.

Radicado 02EE202241106000000 40075 76791069 sobre resolución 4272 de 2021 Trabajo seguro en alturas. 

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