RESOLUCIÓN 0603 DE 2022 MD- PROCEDIMIENTO PARA CONTROLAR LOS RESIDUOS DE HIDROCARBUROS Y MEZCLAS OLEOSAS GENERADOS POR BUQUES

RESOLUCIÓN 0603 DE 2022 MD- PROCEDIMIENTO PARA CONTROLAR LOS RESIDUOS DE HIDROCARBUROS Y MEZCLAS OLEOSAS GENERADOS POR BUQUES

RESOLUCIÓN 0603 DE 2022 MD -PROCEDIMIENTO PARA CONTROLAR LOS RESIDUOS DE HIDROCARBUROS Y MEZCLAS OLEOSAS GENERADOS POR BUQUES

RESOLUCIÓN 0603-2022MD-DE 2022

Esta resolución, establece el procedimiento para llevar a cabo el control y vigilancia de los niveles de residuos de hidrocarburos y mezclas oleosas, generados y retenidos a bordo de los buques o naves y artefactos navales, que se encuentren operando en las aguas marítimas colombianas.

A continuación, te mostramos aspectos importante que se incluyen en esta resolución:

1. ¿Cómo se realizará la verificación de los residuos?

Esta la realizará la Capitanía de puertos por medio de una priorización de buques o artefactos navales que arriben a puertos nacionales para practicarles inspección de prevención de la contaminación marina, con el fin de evitar un posible suceso.

Una vez realizada la verificación del diligenciamiento obligatorio del formato de notificación de residuos/desechos en el aviso de arribo, se identificará la cantidad y tipo de residuos/desechos generados y retenidos a bordo de los buques o artefactos navales, se revisará la disponibilidad, certificación y uso a bordo de métodos de separación y reducción de residuos oleosos y de esta manera se determinará cuales buques son susceptibles de inspección de verificación de residuos retenidos a bordo.

Posteriormente, se definirá si se debe descargar los residuos o desechos en las instalaciones y/o servicios de recepción, las empresas que realicen este servicio deben contar con la licencia de Explotación Comercial vigente, expedida por la Autoridad Marítima.

Esta verificación se debe concentrar en los buques que notifiquen que no realizarán descargas de residuos.

2. ¿Quién será el responsable de realizar esta verificación?

La inspección de verificación de residuos retenidos a bordo, será realizada por un inspector asignado por la Capitanía de Puerto, el cual inspeccionará los buques priorizados.

El Inspector de prevención de la contaminación marina, se dirigirá al capitán del buque o al oficial encargado, representante del armador, a bordo, identificándose como inspector, mediante el carnet expedido por la Dirección General Marítima.

3. ¿Qué documentación se verificará a bordo?

Algunos de los documentos que examinará y verificará el inspector son:

Certificado internacional de prevención de contaminación por hidrocarburos – IOPP (MARPOL ANEXO I – reglas 6, 7, 8, 9 y 10) o en su defecto el certificado expedido por la Autoridad Marítima competente que haga sus veces de este.

El cuadernillo de construcción y equipos de buques no petroleros o el cuadernillo de construcción y el equipo para petroleros y quimiqueros, según el caso, constatando que los equipos, sistemas, alarmas, dispositivos, sistemas de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos, el plan de emergencia de a bordo en caso de contaminación por hidrocarburos, plan de emergencia por contaminación marina a bordo y disposiciones consignadas en el mismo, concuerden con los existentes instalados a bordo y que se encuentren operativos.

Para todos los buques o naves revisar el Libro de Registro de Hidrocarburos Parte I relacionado con las operaciones en espacios de máquinas.

Para los buques o naves petroleros además de lo estipulado en el numeral 3 del presente artículo, se debe revisar el libro de registro de hidrocarburos, parte II, relacionado con Carga y Lastrado.

4. ¿Cómo se realizará el informe de inspección?

Una vez concluida la inspección, el inspector debe diligenciar el formato de informe de inspección de prevención de la contaminación marina o fluvial por residuos/desechos, emitiendo un concepto con los resultados de la inspección practicada. El original de dicho informe será entregado al Capitán del buque, nave o artefacto naval inspeccionado, cuya copia de este será archivada en la Capitanía de Puerto respectiva.

Conoce cuál es la metodología para evaluar la matriz legal.

5. ¿Qué prohibiciones se deben tener en cuenta?

Adicionalmente, se prohíbe efectuar descargas al mar de residuos de hidrocarburos y mezclas oleosas, lavados de tanques, aguas de lastre sucio, y/o basuras contaminadas con hidrocarburos, mientras el buque o nave y artefacto naval esté fondeado, atracado, acoderado o abarloado en aguas colombianas, inclusive haciendo uso de los sistemas de filtrado y separadores instalados a bordo.

Sabes ¿Por qué es importante planear adecuadamente la matriz legal?

Consulta y descarga la resolución 0603-2022MD-DE 2022 aquí.

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