RESOLUCIÓN 668 DE 2016-USO RACIONAL DE BOLSAS PLÁSTICAS

RESOLUCIÓN 668 DE 2016-USO RACIONAL DE BOLSAS PLÁSTICAS

RESOLUCIÓN 668 DE 2016-USO RACIONAL DE BOLSAS PLÁSTICAS

«Por la cual se reglamenta el uso racional de bolsas plásticas y se adoptan otras disposiciones».

La siguiente resolución Establecer a cargo de los distribuidores de bolsas plásticas a que se refiere esta norma, la obligación de formular, implementar y mantener actualizado un Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, distribuidas en los puntos de pago en todo el territorio nacional.

La resolución aplica a distribuidor los almacenes de cadena, grandes superficies comerciales, superetes de cadena y farmacias de cadena que en ejercicio de su actividad comercial distribuyan bolsas plásticas en los puntos de pago.

Esta resolución aplica a las bolsa  a las cuales son:

  • Bolsas biodegradables: Bolsas fabricadas con materiales que permiten la transformación, principalmente en materia orgánica, agua y dióxido de carbono, del total del material en que están fabricadas, por la acción de microorganismos tales como bacterias, hongos y algas, en un plazo máximo de seis (6) meses, que facilite el desarrollo de procesos de estabilización de la materia orgánica, en conjunto con otros residuos biodegradables.
  • Bolsa plástica prescindible: Bolsa plástica distribuida en puntos de pago para transportar productos o mercancías y que cumple con alguna de las siguientes condiciones:
  • a) Bolsas plásticas cuya área sea inferior a 30 cm x 30 cm, o
  • b) Bolsas plásticas cuyo calibre sea inferior a 0.9 milésimas de pulgada o que el calibre de la bolsa no sea suficiente para atender la capacidad de carga indicada en la bolsa.
  • Bolsas plásticas: Bolsas distribuidas en los puntos de pago, utilizadas para transportar mercancías y que estén fabricadas a partir de resinas plásticas, como componente estructural principal de la bolsa.
  • Bolsas reciclables: Bolsas fabricadas con materiales que pueden separarse de la corriente de residuos, recolectarse, procesarse y reincorporarse como materias primas o productos.
  • Bolsas reutilizables: Bolsas cuyas características técnicas y mecánicas permiten ser usadas varias veces, sin que para ello requieran procesos de transformación.

Lee: Recordemos el decreto 1076 de 2015, decreto único reglamentario del sector ambiente.

Esta resolución evidencia indicadores para ver el seguimiento de dicha resolución .

Los indicadores que se evidencia son:

INDICADORNOMBRE DEL INDICADORINDICADOR
1Número de bolsas distribuidas en los puntos de pago en el año base (indicador de línea base)Número de bolsas/año
2Peso de bolsas distribuidas en los puntos de pago en el año base (indicador de línea base)Peso total (kilos)/año
3Porcentaje anual de variación del número de bolsas distribuidas en los puntos de pago.Número de bolsas distribuidas en los puntos de pago año N#Número de bolsas distribuidas en los puntos de pago en el año base

 


* 100

4Porcentaje anual en peso.Kilos de bolsas distribuidas en los puntos de pago en el año N #Kilos de bolsas distribuidas en los puntos de pago en el año base.
5Porcentaje de Reducción de Bolsas Distribuidas respecto al año base – PRB (%).

* 100 Donde:NBDVo: Número Bolsas distribuidas en los puntos de pago respecto a las ventas en millones de pesos en el año baseNBDVn: Número Bolsas distribuidas en los puntos de pago respecto a las ventas en millones de pesos en el año nDonde:
Donde:BD0 = Número de bolsas distribuidas en los puntos de pago (miles de unidades) en el año base.V0 = Ventas del distribuidor en millones de pesos en el año base.
BDn = Número de bolsas distribuidas en los puntos de pago (miles de unidades) en el año n.Vn = Ventas del distribuidor en millones de pesos (Valor Presente Neto VPN respecto al año base) en el año n.n = año de seguimiento al cumplimiento de la meta
6Peso de las bolsas distribuidas en los puntos de pago respecto a las ventas en millones de pesosKilogramos de material utilizado al año en la fabricación de bolsas distribuidas en puntos de pago / Ventas (millones de pesos valor presente neto VPN al año base)

Esta resolución  cuenta con programas de uso racional de bolsas plásticas

Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas.

Los distribuidores de bolsas plásticas, deberán formular, implementar y mantener actualizado el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas y presentar anualmente un informe de avance sobre su cumplimiento.

Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas y del informe de avance.

Para efectos del seguimiento, los distribuidores presentarán el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas y su informe deberá ser  anual evidenciando el  cumplimiento de las metas establecidas en la presente resolución a la autoridad ambiental competente, a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (Vital) en el formato único nacional
creado para dicho efecto.

Las autoridades ambientales competentes para el seguimiento de las metas establecidas en el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas son:

A) Autoridades ambientales regionales y urbanas cuando los distribuidores de bolsas plásticas tengan una cobertura comercial exclusiva en la jurisdicción de dichas autoridades.
B) La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) en caso de que los distribuidores de bolsas plásticas cuenten con sucursales en la jurisdicción de dos o más autoridades ambientales.

Conoce las generalidades de la norma ISO 14001:2015 Sistema de gestión ambiental.

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