RESOLUCIÓN 7495 DE 2020-¿YA NO SERÁ OBLIGATORIO RADICAR EL PESV?
El Ministerio de Transporte, a través de la Resolución 7495 del 02 de julio de 2020, informó que las entidades y empresas del sector público y privado ahora podrán implementar sus planes estratégicos de seguridad vial sin que sea necesario el aval de de las autoridades de tránsito para su implementación.
El decreto 1079 de 2015 se expidió con el fin de compilar y racionalizar las normas que rigen en el sector transporte, aquí te contamos los aspectos más importante de esta normativa.
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A pesar de lo anterior, es muy importante resaltar que las autoridades con funciones de inspección, vigilancia y control seguirán realizando visitas a las respectivas empresas para verificar la implementación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial, ya que el mismo artículo 2.3.2.3.2. menciona: “(…) verificando la ejecución de los mencionados planes a través de visitas de control, las cuales serán consignadas en un acta de constancia. Dichas visitas deberán ser efectuadas a cada entidad por lo menos una vez al año (…)».
Teniendo en cuenta que la obligación de avalar y aprobar los Planes Estratégicos de Seguridad Vial fue derogada por el Decreto Ley 2106 de 2019, la Resolución 1231 de 2016 carece de aplicabilidad. Por tanto, se procedió a la derogatoria de la respectiva resolución.
Puedes consultar el comunicado de la ANSV.
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