Resolución 1407 de 2018
(26 de julio de 2018)
Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones.
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con la finalidad de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio y metal; establece a los productores a nivel nacional la obligación de formular, implementar y mantener actualizado un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, que fomente el aprovechamiento.
Por consiguiente y en pro de la preservación y manejo del medio ambiente se busca implementar el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, cuya meta es disminuir el porcentaje del análisis de impacto normativo de los residuos generados por envases y empaques de papel, cartón, vidrio, plástico y metal; que si no se gestionan o disponen adecuadamente contribuyen a la contaminación de los recursos renovables como agua y suelo por sus características de baja biodegradabilidad y disminuyen la vida útil de los rellenos sanitarios, por ende se busca asegurar un desarrollo sostenible.
Planes de gestión ambiental de residuos de envases y empaques
- Los productores podrán optar por un plan individual de gestión, eso quiere decir que la exclusividad y responsabilidades no los excluya de la formulación, presentación e implementación.
- Los productores podrán optar por un plan colectivo de gestión, seguidamente podrán actuar bajo algunas de las siguientes alternativas:
- Persona jurídica constituida con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del plan de gestión integral de residuos, tendrán que presentar el plan de gestión a la autoridad competente (ANLA), debe ser suscrita por el representante legal de dicha persona jurídica.
- Acuerdo entre los productores, deberán señalar en el documento directamente con su firma la formalización de dicho acuerdo, su responsabilidad en la ejecución del plan, la selección de los voceros o representantes, así mismo, la comunicación mediante la cual se presenta el plan ante la ANLA.
De tal forma, para impulsar el aprovechamiento de los residuos de envases y empaques los productores, comercializadores, fabricantes e importadores, gestores de residuos de envases y empaques; así como empresas transformadoras tendrán las siguientes obligaciones.
Obligaciones del Consumidor Final
– Nosotros los consumidores también tenemos obligaciones, nuestras obligaciones se derivan de las buenas costumbres, prácticas y cultura ambiental; estamos obligados a entregar los residuos de envases y empaques separados en los puntos de recolección establecidos por los productores;
– Realizar una correcta separación en la fuente de los residuos de envases y empaques;
– Entregar los residuos de envases y empaques en los puntos de recolección o a través de los mecanismos equivalentes establecidos por los productores.
Se deben tener presente las siguientes fechas límites de presentación:
- Plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques
- Productores existentes al 31 de diciembre de 2017: 31 de diciembre de 2020
- Productores creados a partir del 1° de enero de 2018 en adelante: 31 de diciembre del año siguiente al primer periodo fiscal de operación contado desde el 1° de enero hasta 31 de diciembre
- Primer informe anual de avances:
- 30 de abril del año siguiente al periodo de evaluación del plan.
- Presentación metas cuantitativas:
- Tercer año anterior al periodo de evaluación
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